de la Sentencia de excepciones preliminares, fondo y reparaciones emitida en el presente
caso, indicados en el punto resolutivo anterior, de acuerdo con lo estipulado en el artículo
68.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
4.
Disponer que el Estado presente a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a
más tardar el 12 de julio de 2024, un informe sobre las medidas pendientes de cumplimiento
indicadas en el punto resolutivo segundo de la presente Resolución.
5.
Disponer que los representantes de la víctima y la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos presenten observaciones al informe del Estado mencionado en el punto
resolutivo anterior, en los plazos de cuatro y seis semanas, respectivamente, contados a partir
de la recepción del informe.
6.
Disponer que la Secretaría de la Corte notifique la presente Resolución al Estado
Plurinacional de Bolivia, a los representantes de la víctima y a la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos.
Corte IDH. Caso Angulo Losada Vs. Bolivia. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia.
Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 1 de febrero de 2024.
Resolución adoptada en San José, Costa Rica.
Nancy Hernández López
Presidenta
Rodrigo Mudrovitsch
Humberto A. Sierra Porto
Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot
Ricardo C. Pérez Manrique
Verónica Gómez
Comuníquese y ejecútese,
Patricia Pérez Goldberg
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario
Nancy Hernández López
Presidenta
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario
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