10 iii. en relación con la suspensión del cargo del Director del Internado, conforme a la información que circuló en algunos medios y en el propio Internado, dicho Director renunció a su cargo. Resulta relevante al seguimiento del cumplimiento de las medidas que el Estado suministre a la Corte una copia del expediente administrativo y de la sanción de destitución correspondiente. 5. Las comunicaciones presentadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana” o “la Comisión”) el 30 de mayo de 2006, 31 de agosto de 2006, 11 de diciembre de 2006, 30 de marzo de 2007, 17 de mayo de 2007 y 1 de junio de 2007, mediante las cuales manifestó, inter alia, que: a) en cuanto a las medidas necesarias para evitar en forma eficiente y definitiva la violencia en el Internado Judicial de Monagas (“La Pica”): i. de los informes del Estado no se desprende que haya emprendido alguna acción concreta e inmediata con el propósito de evitar en forma eficiente y definitiva la violencia en el Internado. Los hechos de violencia en el Internado no han cesado, sino que han seguido falleciendo personas, incluyendo el fallecimiento de al menos seis internos el día 13 de mayo de 2007, y otras han seguido resultando heridas; por lo tanto, la seguridad del centro penitenciario no es la adecuada y las acciones emprendidas por el Estado, cuya buena voluntad no desconoce la Comisión, no son suficientes hasta ahora; ii. en relación con los hechos de violencia, si bien las cifras aportadas por el Estado y por los representantes no coinciden, sí demuestran que se han seguido produciendo hechos de violencia en el Internado; iii. el Estado ha reiterado su plan futuro de construir 15 nuevos establecimientos penitenciarios, sin embargo, de la información proporcionada no se desprende que haya emprendido alguna acción concreta en este sentido; iv. el Estado ha informado que el número de custodios encargados de las tareas de seguridad en el Internado ha aumentado de 14 a 22 funcionarios. La Comisión espera que dicho aumento se convierta en una tendencia progresiva en los próximos meses, y v. la falta de separación entre procesados y sentenciados, y la ausencia de un régimen adecuado de control y seguridad, agravan la tensión y violencia entre internos y entre ellos y sus custodios. b) en cuanto a las medidas necesarias para: a) reducir sustancialmente el hacinamiento en el Internado Judicial de Monagas (“La Pica”), b) decomisar las armas que se encuentren en poder de los internos, c) separar a los internos procesados de los condenados, d) ajustar las condiciones de detención del

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