Karisma y Privacy International9; c) la Asociación Latinoamericana de Abogados y Abogadas Laboralistas10; d) la organización Law Society of England and Wales11; e) la Clínica Jurídica de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello de Venezuela12; f) el Centro de Estudios Legales y Sociales13; g) la Fundación para la Liberta de Prensa14; h) la Red en Defensa de los Derechos Digitales A.C.15; i) Alberto León Gómez Zuluaga, Carlos Rodríguez Mejía, Carlos José Guarnizo Rico, Marely Constanza Cely Silva, Rafael Rincón Patiño, Jorge Enrique Romero Pérez, Marisol Aldana Malagón, María Elena García del Socorro Ortiz, Natan Felipe Bernal Quirós, Jorge Mateo Romero Aldana, Ana María Medina Moreno, Eduardo Pineda Palomino, Rafael Rodríguez Mesa, Ana Beatriz Moreno Morales y César Manuel Carrillo Martínez16; j) la Asociación de Abogadas Feministas de Chile17; k) la Organización Mundial contra la Tortura18; l) las organizaciones Abogados sin Fronteras Canadá y Lawyer’s Rights Watch Canada19; m) la Red Colombiana de Mujeres Filósofas y el Observatorio de Género y Filosofía en Colombia20, y n) Rita Laura Segato21. 12. Alegatos y observaciones finales escritos. - El 13 de junio de 2022 la Comisión, CAJAR y 9 El escrito fue firmado por Roxanna Altholz y Astha Sharma Pokharel. El escrito presenta consideraciones sobre distintos estándares internacionales en materia de actividades de inteligencia por parte de órganos públicos, con referencia específica a la situación en Colombia. 10 El escrito fue firmado por Rolando E. Gialdino y Matías Cremonte. El escrito presenta consideraciones referidas a los derechos al trabajo y a la seguridad social de las personas defensoras de derechos humanos. 11 El escrito fue firmado por Marina Brilman y presenta consideraciones sobre el ejercicio libre y sin injerencias de la profesión de las abogadas y los abogados. 12 El escrito fue firmado por Jesús María Casal, Leonardo Verónico Osorio, Michelle Pasceri, María Isabel Linares, Valentina Azcárate, Marith Rosales, Carlos Ramírez y Carmen Arteaga. El escrito presenta consideraciones concernientes a la situación de las personas defensoras de derechos humanos frente a los discursos provenientes de autoridades estatales. 13 El escrito fue firmado por Paula Litvachky, Diego Morales, Erika Schmidhuber, Luciano Coco Pastrana, Tomás I. Griffa y Pablo Ernesto Lachener. El escrito presenta consideraciones acerca de las limitaciones y restricciones que deben aplicarse a las acciones y prácticas de los Estados en materia de inteligencia. 14 El escrito fue firmado por Jonathan Bock, Raissa Carrillo Villamizar y Ángela Daniela Caro Montenegro. El escrito presenta consideraciones concernientes a las actividades de inteligencia y contrainteligencia por parte de agentes estatales respecto de personas defensoras de derechos humanos y periodistas en Colombia. 15 El escrito fue firmado por Luis Fernando García Muñoz y presenta consideraciones acerca de la intervención de comunicaciones privadas y otras injerencias arbitrarias en la vida privada de las personas, así como sobre posibles medidas de reparación aplicables al caso concreto. 16 El escrito fue firmado por Alberto León Gómez Zuluaga, Carlos Rodríguez Mejía, Carlos José Guarnizo Rico, Marely Constanza Cely Silva, Rafael Rincón Patiño, Jorge Enrique Romero Pérez, Marisol Aldana Malagón, María Elena García del Socorro Ortiz, Natan Felipe Bernal Quirós, Jorge Mateo Romero Aldana, Ana María Medina Moreno, Luis Eduardo Pineda Palomino, Rafael Rodríguez Mesa, Ana Beatriz Moreno Morales y César Manuel Carrillo Martínez; por su parte, mediante comunicación de 1 de junio de 2022, Carlos Ballesteros Barón se adhirió al escrito remitido. El escrito presenta consideraciones referentes a la responsabilidad estatal por la violación de distintos derechos humanos y las posibles medidas de reparación aplicables al caso concreto. 17 El escrito fue firmado por Bárbara Sepúlveda Hales y presenta consideraciones sobre el acceso a la justicia con perspectiva de género. 18 El escrito fue firmado por Gerald Staberock y presenta consideraciones relacionadas con la responsabilidad estatal por actos de tortura y malos tratos en el caso concreto. 19 El escrito fue firmado por Pascal Paradis y Heather Neum. El escrito presenta consideraciones respecto de la responsabilidad estatal, en el caso concreto, por la afectación a la capacidad de las abogadas y los abogados, así como las personas defensoras de derechos humanos, de ejercer sus derechos, sus deberes profesionales y sus funciones sociales. 20 El escrito fue firmado por María Lucía Rivera Sanín, Ángela Rocío Bejarano, Diana María Acevedo Zapata, Laura Quintana Porras, Camila de Gamboa Tapias, Cam López Duarte, Juliana Gómez Puerta, Catalina González Quintero, Marcela Tovar Thomas, Luisa Fernanda Barrero G., María Victoria Uribe, Catalina López Gómez, Lizeth Palacios Rueda, Carolina Gómez Ortiz, María del Rosario Acosta López, Laura Almandós Mora, Ingrid Tatiana Bohórquez Ortega, Yesica Cortés Alfonso, Dayana de la Rosa Carbonell, Amalia Boyer, Natalia E. González Gil, Diana Muñoz González, Diana Milena Patiño y Emilse Galvis C. El escrito presenta consideraciones concernientes a las vulnerabilidades especiales que las mujeres enfrentan en sus roles como defensoras de derechos humanos y en los contextos de la administración de justicia. 21 El escrito fue firmado por Rita Laura Segato y presenta consideraciones concernientes a la violencia de género. 12

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