traslado y que no podían hacerle nada pues serían responsabilizados. Agregaron que Luís Uzcátegui fue regresado a la comandancia, donde estuvo retenido hasta el día siguiente. 20. Con relación a las actuaciones internas tendientes al esclarecimiento de los hechos, indicaron que se presentó denuncia el 1° de enero de 2001, la cual fue posteriormente ratificada. Señalaron que el Ministerio Público inició averiguación el 2 de enero de 2001 y que tras una serie de diligencias, el proceso se encuentra aún en etapa de investigación, cuya última actuación tiene fecha de 24 de octubre de 2005. 21. Los peticionarios hicieron un largo relato cronológico de cada una de las actuaciones que figuran en la investigación adelantada por el Ministerio Público, entre las que se resaltan: El 14 de junio de 2001 la Fiscalía Segunda del Ministerio Público del Estado Falcón (en adelante también “la Fiscalía Segunda”) le solicitó al Cuerpo Técnico de Policía Judicial del mismo Estado (en adelante también “el CTPJ”) tomar declaraciones a los funcionarios identificados como actores de los hechos, practicar la planimetría al lugar de los hechos, practicar la experticia de reconocimiento sobre el o los vehículos utilizados en el procedimiento, realizar prueba de comparación balística, realizar pesquisas en el vecindario o alrededores del lugar de los hechos a fin de identificar posibles testigos presenciales y realizar cualquier otra diligencia necesaria para esclarecer los hechos. El 1º de agosto de 2001 el CTPJ solicitó practicar experticia de comparación balística. El 19 de septiembre de 2001 el CTPJ solicitó al Comandante de las FAPF ordenar la comparecencia de los funcionarios policiales identificados así como remitir las armas y los vehículos relacionados con el hecho que se investiga. El 26 de septiembre de 2001 comparecieron ante el CTPJ a rendir declaración los referidos funcionarios, identificados como Nelson Gregorio Saavedra, Valdemar Rodríguez y Juan Alexander Rojas Reyes. El 17 de octubre de 2001 la Fiscalía Superior del Estado Falcón informó al señor Luís Uzcátegui que la causa fue remitida a la Fiscalía Séptima del Ministerio Público del Estado Falcón (en adelante también “la Fiscalía Séptima”). El 5 de noviembre de 2001 se solicitó al CTPJ el levantamiento planimétrico. El 21 de febrero de 2002 la Fiscalía Séptima le solicitó al CICPC la práctica de una serie de diligencias entre las cuales se encuentran la comparación balística, el levantamiento planimétrico, la entrevista a la ciudadana María Antonia Toyo para que “diera fe de la conducta desplegada por el occiso” y cualquier otra diligencia que contribuyera al esclarecimiento de los hechos. El 25 de febrero de 2002 el CTPJ solicitó practicar experticias de planimetría. El 30 de enero de 2003 la Fiscalía Séptima solicitó al comisario Jefe del CICPC que indicara, con carácter de urgencia, si se practicaron las diligencias solicitadas el 21 de febrero de 2002. El 17 de junio de 2003 la Sub. Delegación del CTPJ informó que el encargado del departamento de objetos recuperados indicó que “el arma de fuego había sido remitida al departamento de armamento de este [ese] cuerpo policial en la ciudad de Caracas”. El 12 de septiembre de 2003 la Fiscalía Séptima remitió al CTPJ el expediente a fin de que practicara las diligencias de comparación balística a los elementos de interés 4

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