RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS * DE 21 DE JUNIO DE 2021 CASO FAVELA NOVA BRASILIA VS. BRASIL SOLICITUD DE MEDIDAS PROVISIONALES Y SUPERVISIÓN DE CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA VISTO: 1. La Sentencia de excepciones preliminares, fondo, reparaciones y costas (en adelante “la Sentencia” o “el Fallo”) dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) el 16 de febrero de 2017 1. La Corte declaró la responsabilidad internacional de la República Federativa del Brasil (en adelante “el Estado” o “Brasil”) por la violación de las garantías judiciales de independencia e imparcialidad de la investigación, debida diligencia y plazo razonable, del derecho a la protección judicial, y del derecho a la integridad personal, respecto de las investigaciones de dos incursiones de la Policía Civil en la Favela Nova Brasilia, en la ciudad de Rio de Janeiro, en 1994 y 19952, que resultaron en la muerte de 26 hombres y en violencia sexual contra tres mujeres. La Corte declaró dichas violaciones de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante “la Convención Americana”, o “la Convención”), en perjuicio de 74 familiares de las 26 personas fallecidas, y de las tres mujeres víctimas de violación sexual. 2. La Sentencia de interpretación emitida por la Corte el 5 de febrero de 2018 3. 3. Las Resoluciones de supervisión de cumplimiento de sentencia emitidas por el Tribunal los días 30 de mayo de 2018 y 7 de octubre de 20194. 4. El escrito de 27 de marzo de 2018, mediante el cual la Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos y Legislación Participativa del Senado Federal presentó “esclarecimientos relativos a las medidas legislativas adoptadas por [dicha] Comisión”. 5. Los informes presentados por el Estado entre mayo de 2018 y febrero de 2021, en el marco de la supervisión de cumplimiento. Debido a las circunstancias excepcionales ocasionadas por la pandemia COVID-19, esta Resolución fue deliberada y aprobada durante el 142 Período Ordinario de Sesiones, el cual se llevó a cabo de forma no presencial utilizando medios tecnológicos de conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Corte. 1 Cfr. Caso Favela Nova Brasilia Vs. Brasil. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 16 de febrero de 2017. Serie C No. 333. El texto íntegro de la Sentencia se encuentra disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_333_esp.pdf. La Sentencia fue notificada al Estado el 12 de mayo de 2017. 2 El 18 de octubre de 1994 y el 8 de mayo de 1995. 3 Cfr. Caso Favela Nova Brasilia Vs. Brasil. Interpretación de la Sentencia de Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 5 de febrero de 2018. Serie C No. 345, disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_345_esp.pdf. 4 Disponibles en: http://www.corteidh.or.cr/supervision_de_cumplimiento.cfm. *

Select target paragraph3