RESOLUCIÓN DE LA
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS *
DE 21 DE JUNIO DE 2021
CASO FAVELA NOVA BRASILIA VS. BRASIL
SOLICITUD DE MEDIDAS PROVISIONALES Y
SUPERVISIÓN DE CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA
VISTO:
1.
La Sentencia de excepciones preliminares, fondo, reparaciones y costas (en adelante
“la Sentencia” o “el Fallo”) dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en
adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) el 16 de febrero de 2017 1. La
Corte declaró la responsabilidad internacional de la República Federativa del Brasil (en
adelante “el Estado” o “Brasil”) por la violación de las garantías judiciales de independencia e
imparcialidad de la investigación, debida diligencia y plazo razonable, del derecho a la
protección judicial, y del derecho a la integridad personal, respecto de las investigaciones de
dos incursiones de la Policía Civil en la Favela Nova Brasilia, en la ciudad de Rio de Janeiro,
en 1994 y 19952, que resultaron en la muerte de 26 hombres y en violencia sexual contra
tres mujeres. La Corte declaró dichas violaciones de la Convención Americana sobre Derechos
Humanos (en adelante “la Convención Americana”, o “la Convención”), en perjuicio de 74
familiares de las 26 personas fallecidas, y de las tres mujeres víctimas de violación sexual.
2.
La Sentencia de interpretación emitida por la Corte el 5 de febrero de 2018 3.
3.
Las Resoluciones de supervisión de cumplimiento de sentencia emitidas por el Tribunal
los días 30 de mayo de 2018 y 7 de octubre de 20194.
4.
El escrito de 27 de marzo de 2018, mediante el cual la Presidenta de la Comisión de
Derechos Humanos y Legislación Participativa del Senado Federal presentó “esclarecimientos
relativos a las medidas legislativas adoptadas por [dicha] Comisión”.
5.
Los informes presentados por el Estado entre mayo de 2018 y febrero de 2021, en el
marco de la supervisión de cumplimiento.
Debido a las circunstancias excepcionales ocasionadas por la pandemia COVID-19, esta Resolución fue
deliberada y aprobada durante el 142 Período Ordinario de Sesiones, el cual se llevó a cabo de forma no presencial
utilizando medios tecnológicos de conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Corte.
1
Cfr. Caso Favela Nova Brasilia Vs. Brasil. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia
de 16 de febrero de 2017. Serie C No. 333. El texto íntegro de la Sentencia se encuentra disponible en:
http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_333_esp.pdf. La Sentencia fue notificada al Estado el 12 de
mayo de 2017.
2
El 18 de octubre de 1994 y el 8 de mayo de 1995.
3
Cfr. Caso Favela Nova Brasilia Vs. Brasil. Interpretación de la Sentencia de Excepciones Preliminares, Fondo,
Reparaciones y Costas. Sentencia de 5 de febrero de 2018. Serie C No. 345, disponible en:
http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_345_esp.pdf.
4
Disponibles en: http://www.corteidh.or.cr/supervision_de_cumplimiento.cfm.
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