rebelde137. El 14 de marzo de 2019 el MRE de Bolivia se dirigió a la Embajada de Colombia y solicitó reunión, sin que se conozca que haya habido respuesta138. 73. El 6 de mayo de 2019 el Ministerio Público solicitó al Tribunal de Sentencia No. 3 que emitiera auto de detención provisional con fines de extradición, y en el marco del Acuerdo de Extradición suscrito por las Repúblicas de Ecuador, Bolivia, Perú, Colombia y Venezuela de 18 de julio de 1911, se iniciara el proceso de extradición en la vía diplomática139. El 20 de mayo de 2019 el Tribunal de Sentencia No. 3 admitió la solicitud de extradición de E.G.A. disponiendo el 24 de mayo de 2019 que se oficiara la resolución al Tribunal Supremo de Justicia junto con las fotocopias del proceso penal seguido contra E.G.A.140. En atención a ello, el 29 de mayo de 2019 el Tribunal Supremo de Justicia dispuso la devolución del referido auto de 20 de mayo de 2019 y otros documentos anexos, considerando que, según el Instructivo No.8/2017 de 28 de marzo de 2017, se deben realizar las solicitudes de extradición activa directamente con el MRE de Bolivia141. Así, el 10 de julio de 2019 el Tribunal de Sentencia No. 3 ordenó la remisión de los actuados pertinentes, entre ellos, el auto de 20 de mayo de 2019 al Ministerio Público para que se “viabilice” el trámite de la referida solicitud de extradición ante el MRE de Bolivia142. El 30 de diciembre de 2019 la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales del MRE de Colombia solicitó información adicional a Bolivia143. El 18 de febrero de 2020 el Tribunal de Sentencia No. 3, a solicitud del Ministerio Público, reiteró el Auto de Detención Preventiva con fines de Extradición y Exhorto Suplicatorio a la República de Colombia144. El 5 de marzo de 2020 se emitió exhorto suplicatorio con solicitud formal de extradición a la autoridad competente en Colombia145. 74. Ante la recepción de un escrito por parte de E.G.A., el MRE de Colombia solicitó información, entre otros, sobre la prescripción de la acción penal, con el fin de que la Fiscalía General de la Nación de ese país se pronunciara sobre la captura de E.G.A.146 El Tribunal de Sentencia No. 3 emitió un informe respondiendo a dicha solicitud el cual fue enviado a la Embajada de Colombia en Bolivia el 10 de septiembre de 2020147. 137 Cfr. Nota SC Cite EB.CO.-NSC-204/2018 suscrito por el Embajador de Bolivia en Colombia el 4 de julio de 2018 (expediente de prueba, folio 11220), y Oficio No. 2018170041891 suscrito por la Directora de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Fiscalía General de la Nación el 30 de mayo de 2018 (expediente de prueba, folio 11221). Cfr. Oficio suscrito por la Dirección de Asuntos Jurídicos del MRE de Bolivia el 14 de marzo de 2019 (expediente de prueba, folios 11223 a 11224). 138 139 Cfr. Memorial presentado por el Ministerio Público el 6 de mayo de 2019 (expediente de prueba, folios 11239 a 11244). Cfr. Auto emitido por el Tribunal No. 3 el 20 de mayo de 2019 (expediente de prueba, folios 11247 a 11249), y Nota de remisión de legajo procesal emitido por el Tribunal No. 3 el 2 de mayo de 2019 (expediente de prueba, folio 11250). 140 Cfr. Auto emitido por el Magistrado Semanero de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia el 29 de mayo de 2019, y Nota SALA PLENA OF. N.º 490/2019 de 29 de mayo de 2019 (expediente de prueba, folios 11252 a 11253). 141 El 8 de octubre de 2019 la Fiscalía requirió que los actuados pertinentes fueran remitidos al MRE de Bolivia Cfr. Memorial presentado por el Ministerio Público el 5 de julio de 2019 (expediente de prueba, folio 11255); Auto emitido por el Tribunal No. 3 el 10 de julio de 2019 (expediente de prueba, folio 11256); Memorial presentado por el Ministerio Publico el 3 de octubre de 2019 (expediente de prueba, folio 11258); Auto emitido por el Tribunal de Sentencia No. 3 el 9 de octubre de 2019 (expediente de prueba, folio 11259), y Nota de remisión de legajo procesal emitido por el Tribunal de Sentencia el 16 de octubre de 2019 (expediente de prueba, folio 11260). 142 Cfr. Nota suscrita por la Director de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Fiscalía General de la Nación el de 13 de diciembre de 2019 (expediente de prueba, folio 11262). 143 Cfr. Memorial presentado por el Ministerio Público el 14 de febrero de 2020 (expediente de prueba, folios 11269 a 11278) y Auto emitido por el Tribunal de Sentencia No. 3 el 18 de febrero de 2020 (expediente de prueba, folio 11279). 144 Cfr. Exhorto Suplicatorio de Detención Preventiva con fines de Extradición, Nota de 5 de marzo de 2020, Notas de Remisión de 2 de septiembre de 2020, CITE: GM-DGAJ-UAJI-NSE-338/2020 H.R. 41141.20 de 10 de septiembre de 2020 y Nota GM-DGAJ-UAJI-Cs-1006/2020 de 11 de marzo de 2020 (expediente de prueba, folios 11285 a 11322). 145 146 Cfr. Nota DIAJI No. 0994 de 7 de abril de 2020 y anexos (expediente de prueba, folios 11324 a 11345). Cfr. Nota Cite GM-DGAJ-UAJI-NSE.338/2020 (H.R.: 41141.20) suscrito por la Directora de Asuntos Jurídicos del MRE de Bolivia el 10 de septiembre de 2020 (expediente de prueba, folio 11350); Nota de remisión de 2 de septiembre de 2020 (expediente de prueba, folio 11351), e Informe elaborado por Tribunal de Sentencia No 3 el 29 de abril de 2020 (expediente de prueba, folio 11352). 147 25

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