3 provisionales se transforman en una verdadera garantía jurisdiccional de carácter preventivo2. 4. Mediante Resolución de 26 de junio de 2017, el Presidente de la Corte consideró que el Estado debía adoptar las medidas especiales e individuales que fueran necesarias para proteger la vida e integridad de los señores los señores: i) Germán Graciano Posso, ii) Gildardo Tuberquia, iii) Arley Tuberquia y iv) Cristóbal Meza 3. Por otra parte, en la referida Resolución el Presidente constató que los señores v) Jesús Emilio Tuberquia, vi) Reinaldo Areiza y vii) Eduar Lanchero son beneficiarios de medidas individuales de protección desde el 30 de agosto de 2010 4 . Respecto del señor Jesús Emilio Tuberquia, solicitó al representante indicar, a más tardar el 31 de julio de 2017, si aquel se encontraba en una situación de extrema gravedad y urgencia que ameritaba que la Corte continuara ordenando medidas específicas para su protección. Respecto del señor Areiza, solicitó que dentro del mismo plazo el representante informara sobre las medidas que considerara pertinentes e idóneas para su protección individual. Y respecto del señor Eduar Lanchero, el Presidente declaró que las medidas provisionales habían quedado sin objeto, debido al fallecimiento del beneficiario por una enfermedad terminal. En la presente Resolución, la Corte se referirá únicamente a la situación de las personas mencionadas, todos ellos miembros de la Comunidad de Paz de San José de Apartadó y beneficiarios de medidas específicas e individuales de protección. Además, la Corte nota que en su escrito de 17 de diciembre de 2017 (supra Visto 5), el representante informó sobre presuntos hechos de amenaza en contra de Esteban Guisao, miembro de la Comunidad. La Corte también se referirá a la situación de esta persona. A. Situación de riesgo de i) Jesús Emilio Tuberquia, ii) Reinaldo Areiza, iii) Germán Graciano Posso, iv) Gildardo Tuberquia, v) Arley Tuberquia, vi) Cristóbal Meza y vii) Esteban Guisao A.1. Información de la Comisión y de las partes 5. Mediante escrito de 6 de diciembre de 2017, la Comisión remitió información al Tribunal sobre amenazas de muerte presuntamente perpetradas por paramilitares en contra de Gildardo Tuberquia y Esteban Guisao. Asimismo, el 2 de enero de 2018 la Comisión informó que, a través de un comunicado de la Comunidad de Paz de San José de Apartadó y de diversas notas de prensa5, se denunció que tres altos mandos paramilitares de la zona ingresaron armados a la Comunidad, amenazaron de muerte a sus habitantes e intentaron llevarse a Germán Graciano Posso, representante legal de ésta. La Comisión señaló su 2 Cfr. Caso del Periódico “La Nación”. Medidas Provisionales respecto de Costa Rica. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 7 de septiembre de 2001, Considerando 4, y Asunto Milagro Sala respecto de Argentina. Solicitud de Medidas Provisionales. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 23 de noviembre de 2017, Considerando 3. 3 Cfr. Asunto Comunidad de Paz de San José de Apartadó respecto de Colombia. Medidas Provisionales. Resolución del Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 26 de junio de 2017, Considerando 56. 4 Cfr. Asunto Comunidad de Paz de San José de Apartadó respecto de Colombia. Resolución del Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 26 de junio de 2017, Considerando 52, y Asunto de la Comunidad de Paz de San José de Apartadó respecto de Colombia. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 30 de agosto de 2010, Considerando 43 5 La Comisión basó su información en el comunicado de la Comunidad de Paz de San José de Apartadó de 29 de diciembre de 2017 “Golpe Anunciado y Tolerado”; así como en las notas de prensa de 29 de diciembre de 2017 del diario El Colombiano “Comunidad de Paz de San José de Apartadó denuncia incursión paramilitar”; de 31 de diciembre de 2017 del diario Vanguardia “Denuncian Intento de asesinato de un líder social en Apartadó”, y de 1 de enero de 2018 del diario El Espectador “Comunidad de Paz de San José de Apartadó ha denunciado amenaza paramilitar todo el año”.

Seleccionar párrafo de destino3