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13. Asimismo, el Estado informó que, al conocer la solicitud del representante de formar
una Comisión Médica de Alto Nivel, la Ministra de Salud Pública “conformó de forma
inmediata, la mencionada Comisión Médica[,] integrada incluso por la [doctora del Hospital
Militar] descrita por el solicitante en su petitorio, como de confianza” para Talía, así como
por una representante de la Organización Panamericana de la Salud, un doctor del Hospital
Enrique Garcés de Quito y el doctor que la trata en el Hospital Homero Castañer de
Azogues. Por otra parte, destacó que el Hospital Militar, en el que ella prefiere ser tratada,
forma parte de la Red Pública Integral de Salud, y Talía puede acudir a cualquiera de los
centros de dicha Red para recibir atención integral médica mensual, atención antirretroviral,
exámenes complementarios y de seguimiento. Finalmente, rechazó la solicitud de que se
delegara al Ministerio de Justicia y a la Defensoría del Pueblo la supervisión de
cumplimiento de las medidas provisionales solicitadas, ya que “es atribución única y
exclusiva de[l] Tribunal Interamericano”.
14. En consecuencia, el Estado solicitó que la Corte desestime la solicitud de medidas
provisionales, “toda vez que se ha demostrado que el Estado cuenta con medidas y
disposiciones técnicas diligentes que responden a estándares internacionales de salud
pública en relación a la atención de pacientes infectados con VIH”; y que se trasmita a Talía
Gonzales Lluy la “necesidad de que se practique a la brevedad posible, el examen de
[R]esistencia por Genotipificación y Dosificación Seca-Medicamentosa en el Hospital Público
más cercano para estudiar la probabilidad de resistencia de fallo virológico”.
15. En respuesta a las observaciones del Estado, el representante señaló que Talía
estaba dispuesta a realizarse el examen indicado por el Estado, que la familia estaba
conforme con la creación de la Comisión Médica de Alto Nivel, y que Talía aceptaba el
ofrecimiento de ser atendida en el Hospital de las Fuerzas Armadas, como parte de la Red
Pública Integral de Salud del Ecuador. Además, sugirió que la Corte “disponga que [dicha
Comisión…] se imponga metas medibles y plazos cortos”. Además, el representante insistió
en que, “por las condiciones de pobreza de la familia” y dado que el Hospital de las Fuerzas
Armadas donde Talía“recibe atención aceptable”se encuentra en Quito, hasta que el Estado
“no ofrezca un servicio similar o mejor que el dado por este Hospital en Cuenca”,[el Estado]
corra con los gastos incurridos por la falta de acceso físico, por la movilización y gastos de
alimentación durante la atención” médica, para lo cual adjuntaron recibos de los últimos
gastos generados en la búsqueda de atención adecuada y oportuna.
16. Tal como fue señalado, (supra Visto 5), la Corte requirió información adicional al
Estado y al representante sobre la práctica del examen de Resistencia por Genotipificación y
Dosificación Seca-Medicamentosa. En este sentido, el representante informó que Talía
acudió a realizarse el examen de Resistencia por Genotipificación, cuyas muestras tomadas
serían enviadas a Colombia para ser analizadas; respecto del examen de Dosificación SecaMedicamentosa, alegó que el Ministerio le señaló que ese examen “ellos no [lo] hacían y
que tampoco saben en dónde lo hacen”. El 12 de agosto de 2015 informó que el 11 de
agosto le entregaron los resultados del examen de Dosificación Seca-Medicamentosa, y no
el de Genotipificación.
17. Respecto de los resultados del examen, el representante informó que el mismo mostró
que Talía tiene resistencia a los medicamentos de tipo “NNRTI”, y alegó que “[a]nte la falta
de información dada por el M[inisterio de Salud Pública] sobre los resultados de este
examen” acudieron a un médico privado el 11 de agosto de 2015, quien certificó que Talía
presenta una resistencia viral a la terapia con EFAVIRENZ/EMCITRABINA, y recomendó
cambiar de terapia a otra medicación 14. Además, Talía envió los resultados a la doctora del
14
El médico privado recomendó que se le cambie el tratamiento a ZIDOVUDINA/INDINAVIR, con exámenes
de genotipo y resistencia viral.