7 27. El factor detonante del golpe de Estado se relacionó con una controversia política respecto de una consulta popular promovida por el Presidente para que en el marco de las elecciones de noviembre de 20097 el pueblo hondureño se pronunciara sobre la conveniencia de convocar a una Asamblea Nacional Constituyente. Tanto el poder legislativo como el Poder Judicial adoptaron decisiones y normas, respectivamente, en contra de esta iniciativa8. El Presidente Zelaya dio la orden al Jefe del Estado Mayor Conjunto, de custodiar las urnas que serían empleadas para la consulta. Este funcionario militar se negó a cumplir la orden y el Presidente Zelaya ordenó su separación del cargo9. 28. El gobierno de facto asumió el poder en Honduras el 28 de junio de 2009 y anunció un estado de excepción y un toque de queda 10 . A partir de esta fecha, se realizaron numerosas manifestaciones en diferentes localidades del país que fueron violentamente reprimidas por las fuerzas públicas11. Una de las manifestaciones tuvo lugar el 5 de julio en el Aeropuerto de Toncontín, donde miles de simpatizantes del Presidente Zelaya aguardaban su anunciado regreso al país. En el marco de dicha manifestación se produjeron enfrentamientos violentos entre los manifestantes y las fuerzas públicas12. La Comisión documentó la detención sistemática de manifestantes durante estos hechos y concluyó que “[a] partir del golpe de Estado, se practicaron miles de detenciones ilegales y arbitrarias, tanto en el contexto de la vigencia del toque de queda como durante las manifestaciones a favor del Presidente Zelaya”13. Adicionalmente, la Comisión registró despidos, ordenes de captura, actos de persecución, amenazas y hostigamientos en contra de funcionarios públicos de diferentes dependencias y de gobiernos locales, aparentemente vinculados con expresiones de oposición al golpe de Estado por parte de los funcionarios afectados14. 29. La Asamblea General de la OEA condenó el golpe de Estado15 y el 4 de julio de 2009 resolvió “[s]uspender al Estado de Honduras del ejercicio de su derecho de participación en la …continuación recibió información conforme a la cual se indicaba que la orden de detención no habría existido al momento de efectivizarse la privación de libertad del Primer Mandatario. 7 CIDH, Honduras: Derechos Humanos y Golpe de Estado. OEA/Ser.L/V/II. Doc. 55. 30 de diciembre de 2009, párrs. 83- 8 CIDH, Honduras: Derechos Humanos y Golpe de Estado. OEA/Ser.L/V/II. Doc. 55. 30 de diciembre de 2009, párrs. 82. 9 CIDH, Honduras: Derechos Humanos y Golpe de Estado. OEA/Ser.L/V/II. Doc. 55. 30 de diciembre de 2009, párrs. 84. 84. 10 CIDH, Honduras: Derechos Humanos y Golpe de Estado. OEA/Ser.L/V/II. Doc. 55. 30 de diciembre de 2009, párrs. 11 CIDH, Honduras: Derechos Humanos y Golpe de Estado. OEA/Ser.L/V/II. Doc. 55. 30 de diciembre de 2009, párrs. 92 12 CIDH, Honduras: Derechos Humanos y Golpe de Estado. OEA/Ser.L/V/II. Doc. 55. 30 de diciembre de 2009, párr. 92. 13 CIDH. Honduras: derechos humanos y golpe de Estado. OEA/Ser.L/V/II. Doc. 55 30 de diciembre de 2009. Párr. 340 14 CIDH, Honduras: Derechos Humanos y Golpe de Estado. OEA/Ser.L/V/II. Doc. 55. 30 de diciembre de 2009, párrs. 88-91. y 98. y ss. 182-196. 15 OEA/Ser.P AG/RES 1 (XXXVII-E/09). 1 de julio de 2009. Resolución sobre la Crisis Política en Honduras. Disponible en: http://www.oas.org/consejo/sp/AG/37SGA.asp#inf. El artículo 20 de la Carta Democrática Interamericana aplica cuando “se produzca una alteración del orden constitucional que afecte gravemente [el] orden democrático” en un Estado Miembro de la OEA.

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