RESOLUCIÓN DE LA
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
DE 15 DE MAYO DE 2011
MEDIDAS PROVISIONALES
RESPECTO DE VENEZUELA
ASUNTO NATERA BALBOA
VISTO:
1.
La Resolución de la Presidencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
(en adelante “la Presidencia”) de 1 de diciembre de 2009, en la cual resolvió, inter alia:
1.
Requerir al Estado que adopte, de forma inmediata, las medidas que sean necesarias
para determinar la situación y paradero de Eduardo José Natera Balboa y para proteger su
vida e integridad personal.
2.
Requerir al Estado que informe a la Corte Interamericana a más tardar el 8 de
diciembre de 2009 sobre lo dispuesto en el punto resolutivo primero de la […] Resolución.
3.
Requerir, asimismo, al Estado que informe a la Corte Interamericana cada dos
meses, contados a partir del 8 de diciembre de 2009, sobre las medidas adoptadas en
conformidad con esta decisión.
4.
Solicitar a los representantes del beneficiario y a la Comisión Interamericana que
presenten a la Corte Interamericana a más tardar el 16 de diciembre de 2009 las
observaciones que estimen pertinentes al informe mencionado en el punto resolutivo segundo
de la […] Resolución.
5.
Solicitar a los representantes del beneficiario y a la Comisión Interamericana que
presenten sus observaciones en un plazo de cuatro y seis semanas, respectivamente, contado
a partir de la notificación de los informes del Estado que se indican en el punto resolutivo
tercero.
6.
Disponer que el presente asunto sea conocido por el pleno del Tribunal en el LXXXVI
Período Ordinario de Sesiones, por celebrarse del 25 de enero al 6 de febrero de 2010 en la
sede del Tribunal en la ciudad de San José, Costa Rica.
[…]
2.
La Resolución emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en
adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) el 1 de febrero de 2010, en
la cual resolvió, inter alia:
1.
Ratificar la Resolución de la Presidencia de la Corte de 1 de diciembre de 2009 y, en
consecuencia, el Estado debe adoptar, de forma inmediata, las medidas que sean necesarias
para determinar la situación y paradero de Eduardo José Natera Balboa y para proteger su
vida e integridad personal.