RESUELVE: 1. Convocar al Estado de Venezuela, a los representantes y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a una audiencia pública sobre fondo, y eventuales reparaciones y costas que se celebrará el día 16 de marzo de 2020, de las 9:00 a las 18:00 horas, durante el 134 Período Ordinario de Sesiones, que se llevará a cabo en la sede de la Corte en San José, Costa Rica, para recibir sus alegatos y observaciones finales orales, así como para recibir las declaraciones de las siguientes personas: A. Presunta víctima (propuesta por los representantes) (1) Lorenza Josefina Pérez de Olivares, quien declarará sobre las circunstancias en que perdió la vida su esposo, Orlando Edgardo Olivares Muñoz, las gestiones que ha realizado para denunciar los hechos y exigir justicia sobre las violaciones a los derechos humanos de los que ha sido víctima, y las secuelas emocionales y físicas que ha sufrido como consecuencia de los hechos y las afectaciones a su proyecto de vida. B. Testigo (propuesta por los representantes) (2) Antonieta Dominicis, quien declarará sobre las exhumaciones de los cadáveres de cinco de las personas fallecidas en los incidentes del 10 de noviembre de 2003, ocurridos en la Cárcel de Vista Hermosa, Ciudad Bolívar, Venezuela, y el resultado de las autopsias que practicó. C. Perita (propuesta por el Estado) (3) María Lucrecia Hernández, quien rendirá dictamen sobre el proceso de adecuación de la legislación e instituciones nacionales del sistema penitenciario a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los tratados internacionales sobre derechos humanos, especialmente en lo referente a la creación y desarrollo jurídico institucional del sistema penitenciario y la reforma integral de los centros de privación de libertad en Venezuela. 2. Requerir a la perita convocada a declarar en audiencia que, de considerarlo conveniente, aporte una versión escrita de su peritaje a más tardar el 3 de marzo de 2020. 3. Requerir a Venezuela que facilite la salida y entrada de su territorio de las declarantes, si residen o se encuentran en él, quienes han sido citadas en la presente Resolución a rendir declaración en la referida audiencia pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1 del Reglamento de la Corte. 4. Requerir, de conformidad con el principio de economía procesal y la facultad que le otorga el artículo 50.1 del Reglamento de la Corte, que las siguientes personas presten su declaración ante fedatario público (affidávit): A. Testigos Propuestas por los representantes (4) Melissa Silva, quien declarará sobre los hechos ocurridos el 10 de noviembre de 2003 en la Cárcel de Vista Hermosa, Ciudad Bolívar, Venezuela. 11

Seleccionar párrafo de destino3