-8- observaciones finales escritas, respectivamente, en relación con las excepciones preliminares y los eventuales fondo, reparaciones y costas en el presente caso. Este plazo es improrrogable. 15. Disponer que la Secretaría de la Corte Interamericana notifique la presente Resolución a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a las representantes de las presuntas víctimas y a la República de Perú. Corte IDH. Caso Federación Nacional de Trabajadores Marítimos y Portuarios Vs. Perú. Resolución de la Presidenta de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 20 de mayo de 2021. Resolución adoptada en San José de Costa Rica por medio de sesión virtual. Elizabeth Odio Benito Presidenta Pablo Saavedra Alessandri Secretario Comuníquese y ejecútese, Elizabeth Odio Benito Presidenta Pablo Saavedra Alessandri Secretario

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