Corte Interamericana de Derechos Humanos
Caso Velásquez Rodríguez Vs. Honduras
Sentencia de 29 de julio de 1988
(Fondo)
En el caso Velásquez Rodríguez,
la Corte Interamericana de Derechos Humanos, integrada por los siguientes jueces:
Rafael Nieto Navia, Presidente
Héctor Gros Espiell, Vicepresidente
Rodolfo E. Piza E., Juez
Thomas Buergenthal, Juez
Pedro Nikken, Juez
Héctor Fix-Zamudio, Juez
Rigoberto Espinal Irías, Juez ad hoc;
presentes, además,
Charles Moyer, Secretario, y
Manuel Ventura, Secretario Adjunto
de acuerdo con el artículo 44.1 de su Reglamento (en adelante "el Reglamento"), dicta
la siguiente sentencia sobre el presente caso introducido por la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos contra el Estado de Honduras.
1.
Este caso fue sometido a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en
adelante "la Corte") por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en
adelante "la Comisión") el 24 de abril de 1986. Se originó en una denuncia (No. 7920)
contra el Estado de Honduras (en adelante "Honduras" o "el Gobierno"), recibida en la
Secretaría de la Comisión el 7 de octubre de 1981.
2.
Al introducir la demanda, la Comisión invocó los artículos 50 y 51 de la
Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante "la Convención" o "la
Convención Americana"). La Comisión sometió este caso con el fin de que la Corte
decida si hubo violación, por parte del Estado involucrado, de los artículos 4 (Derecho
a la Vida), 5 (Derecho a la Integridad Personal) y 7 (Derecho a la Libertad Personal) de
la Convención en perjuicio del señor Ángel Manfredo Velásquez Rodríguez (también
conocido como Manfredo Velásquez). Asimismo, solicitó que la Corte disponga "se
reparen las consecuencias de la situación que ha configurado la vulneración de esos
derechos y se otorgue a la parte o partes lesionadas una justa indemnización".
3.
Según la denuncia presentada ante la Comisión y la información
complementaria recibida en los días inmediatamente siguientes, Manfredo Velásquez,
estudiante de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras, "fue apresado en forma
violenta y sin mediar orden judicial de captura, por elementos de la Dirección Nacional