31. El 21 de noviembre de 2001 V.R.P, en compañía de su madre, declaró ante el Juzgado que en una ocasión su padre “[la] llevó hacia la casa que él había hecho, [le] dio un café, [se] durm[ió] y cuando [se] despert[ó]” él se estaba poniendo el pantalón [y] se estaba tocando sus partes”16. V.R.P agregó que “sentí[a] como abiertas las nalguitas y [le] ardía”17. El mismo día el Juzgado giró una orden de captura para el señor Rodríguez, quien fue detenido durante la tarde18. 32. El señor Rodríguez brindó una declaración indagatoria e indicó que la señora V.P.C pertenece a una “organización tenebrosa, satánica y sectaria denominada Mormón (…) ellos son los que están detrás de todas estas acusaciones”19. 33. El 22 de noviembre de 2001 la jueza a cargo del proceso programó un examen médico para V.R.P 20. La señora V.P.C, en un escrito presentado al director del Sistema Local de Atención Integral en Salud (SILAIS) del departamento de Jinoteca, indicó que hubo un “comportamiento antiético, grotesco y vulgar” por parte del médico forense Andrés Altamirano al momento de examinar a su hija21. 34. Señaló que el médico Altamirano manifestó que V.R.P “tenía que someterse al trato vulgar de él y que ni siquiera tenía derecho a dar[le] algún sedante”22. Sostuvo que el médico le indicó “ya no llores más, las niñas del campo cuando vienen (…) les digo que abran sus piernas y ellas se dejan, no se escandalizan como vos”23. Agregó que el médico manifestó que “si vaginalmente no te dejas, ya me parece ver cuando tenga que examinarte el ano”24. La señora V.P.C indicó que debido a ello su hija, quien empezó a gritar y llorar, se negó a ser examinada25. En consecuencia, no se realizó el examen médico. Por su parte, el médico Altamarino envió un escrito al Juzgado señalado que V.R.P “no cooperó, a pesar de la persuasión ejercida por (…) la madre de la niña”26. 35. La señora V.P.C manifestó que el 24 de noviembre de 2001 se programó un nuevo examen médico en la Casa de la Mujer que estaría a cargo de un médico forense suplente27. Sostuvo que la niña “manifestó (…) no querer que nadie la tocara (…) por el trato a que fue sometida [la vez] anterior”28. En esta ocasión tampoco se realizó el examen médico. 16 Anexo 2. Declaración ad-inquirendum de V.R.P. Folio 39. Expediente judicial. 17 Anexo 2. Declaración ad-inquirendum de V.R.P. Folio 39. Expediente judicial. 18 Anexo 2. Oficio de 21 de noviembre de 2001. Folio 32. Expediente judicial. Oficio de la Policía Nacional. Folio 41. Expediente 19 Anexo 2. Declaración indagatoria de Heberto Rodríguez. Folio 46. Expediente judicial. 20 Anexo 9. Escrito de la señora V.P.C, de 22 de noviembre de 2001. Anexo A a la comunicación recibida el 16 de marzo de 21 Anexo 9. Escrito de la señora V.P.C, de 22 de noviembre de 2001. Anexo A a la comunicación recibida el 16 de marzo de 22 Anexo 9. Escrito de la señora V.P.C, de 22 de noviembre de 2001. Anexo A a la comunicación recibida el 16 de marzo de 23 Anexo 10. Comunicación de la peticionaria recibido el 16 de marzo de 2005. 24 Anexo 10. Comunicación de la peticionaria recibido el 16 de marzo de 2005. 25 Anexo 11. Escrito de la señora V.P.C de 23 de noviembre de 2001. Anexo a la comunicación del Estado de 25 de julio de 2014. 26 Anexo 2. Comunicación de 23 de noviembre de 2001. Folio 66. Expediente judicial. 27 Anexo 12. Comunicación de la peticionaria de 22 de febrero de 2006. 28 Anexo 13. Comunicación de la peticionaria recibida el 7 de abril de 2003. judicial. 2005. 2005. 2005. 6

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