-32d) En lo que respecta al pago de costas y gastos, solicitaron que el Estado “presente el acto de formalización que autorizó a realizar el pago de [las costas y gastos] a fin de garantizar que el valor de pago sea libre de cargas fiscales”. 97. La Comisión manifestó que la información disponible indicaba que los pagos ordenados han sido realizados parcialmente. I.3) Consideraciones de la Corte a) Respecto de los familiares víctimas con vida a la fecha de la Sentencia o del pago 98. El Estado informó que cumplió con el pago de las indemnizaciones por concepto de daño material e inmaterial ordenadas en la Sentencia a favor de 39 de las víctimas indicadas en el párrafo 251 de la misma (supra párr. 95) 78, las cuales se encuentran vivas. Como comprobante de los pagos el Estado adjuntó un cuadro en el cual incluyó información sobre el supuesto número de giro/orden bancaria correspondiente al pago realizado a cada una de esas 39 personas en los días 16, 18 y 19 de diciembre de 2011, 11 de enero y 13 de febrero de 2012, los cuales fueron efectuados en reales, utilizando el tipo de cambio entre ambas monedas de la fecha anterior al pago. Tomando en cuenta que los representantes de las víctimas no presentaron objeción alguna al respecto -ni en los escritos ni en la audiencia privada ante esta Corte-, el Tribunal considera que Brasil cumplió con el pago de las indemnizaciones por daños materiales e inmateriales a favor de tales personas. 99. Asimismo, del referido cuadro se desprende que el Estado no habría realizado los pagos ordenados en la Sentencia a favor de las siguientes cinco víctimas: Carmen Navarro, José Vieira de Almeida, Otilia Mendes Rodrigues, Francisco Alves Rodrigues y Celeste Durval Cordeiro. Respecto de estas personas el Estado indicó que sus nombres no constan en el escrito de los representantes de 5 de diciembre de 2011. La Corte observa que, en el referido escrito, los representantes indicaron que ninguna de las organizaciones representantes de las víctimas tiene poderes para representar a estas personas 79. El Tribunal recuerda que el Estado debe cumplir con el pago de las indemnizaciones a todas las víctimas, aún cuando algunas de ellas no se encuentran representadas. La Corte también constata que, tal como lo alegaron los representantes, el Estado no presentó prueba de que realizó el pago indemnizatorio ordenado a favor de la víctima Joaquim Patricio, quien se encuentra con vida. En virtud de lo expuesto, el Estado debe proceder, a la brevedad posible, a realizar la totalidad de los pagos de las indemnizaciones ordenadas a favor estas personas, incluyendo el interés moratorio correspondiente, y remitir a la Corte información actualizada, detallada y completa respecto de las acciones tendientes a dar cumplimiento a la presente medida de reparación, remitiendo copia de los respectivos comprobantes. b) Respecto de los familiares víctimas que fallecieron previo a la Sentencia o al pago 100. En el párrafo 320 de la Sentencia la Corte dispuso que “[e]n caso de que los beneficiarios hayan fallecido o fallezcan antes de que les sea entregada la indemnización 78 El Estado pagó a las siguientes 39 víctimas: Criméia Alice Schmidt de Almeida, João Carlos Schmidt de Almeida, Luiza Monteiro Teixeira, José Dalmo Ribeiro Ribas, Maria Eliana de Castro Pinheiro, Roberto Valadão, Junília Soares Santana, Diva Soares Santana, Getúlio Soares Santana, Dilma Santana Miranda, Dinorá Santana Rodrigues, Dirceneide Soares Santana, Elza da Conceição Oliveira, Viriato Augusto Oliveira, Terezinha Souza Amorim, Rosa Olímpio Cabello, Helenalda Resende de Souza Nazareth, Helenice Resende de Souza Nazareth, Helenilda Resende de Souza Nazareth, Helenoira Resende de Souza Nazareth, Lorena Moroni Barroso, Ciro Moroni Girão, Breno Moroni Girão, Sônia Maria Haas, Wladmir Neves da Rocha Castiglia, Elizabeth Silveira e Silva, Luiz Carlos Silveira e Silva, Luiz Paulo Silveira e Silva, Maristella Nurchis, Rosana Moura Momente, Maria Leonor Pereira Marques, Angela Harkavy, Elza Pereira Coqueiro, Valéria Costa Couto, Lavínia Grabois Olímpio, Igor Grabois Olímpio, Laura Petit da Silva, Clovis Petit de Oliveira, y Aldo Creder Corrêa. 79 Las otras víctimas respecto de las cuales los representantes indicaron que no tienen poder de representación son: Gerson Meneses Magalhães, Joaquim Patricio, Isaura de Souza Patricio, Luiz Durval Cordeiro y Aminthas Rodrigues Pereira.

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