4
RESUELVE:
1.
Requerir al Estado de Colombia que adopte, con carácter urgente, las medidas
necesarias para asegurar el derecho a la vida e integridad personal de Luz Elsia
Almanza, Hilda Rosario Jiménez, Ramón Rangel, Robinson Amador, Yamel López,
Emely Pérez, Yolanda Salamanca, Rosa Tulia Bolaños, Rocío Campos y Alexánder
Rodríguez.
2.
Requerir al Estado de Colombia que investigue y sancione a los responsables
de los hechos denunciados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
3.
Someter la presente resolución a la consideración de la Corte durante su
próximo período ordinario de sesiones para los efectos pertinentes.
4.
Requerir al Estado de Colombia que envíe a la Corte Interamericana de
Derechos Humanos un informe urgente sobre las medidas adoptadas en este caso, a
más tardar, el 27 de julio de 2000.
5.
Requerir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que, a más
tardar el 31 de julio de 2000, presente sus observaciones sobre el informe urgente
del Estado de Colombia.
Antônio A. Cançado Trindade
Presidente
Manuel E. Ventura Robles
Secretario
Comuníquese y ejecútese,
Antônio A. Cançado Trindade
Presidente
Manuel E. Ventura Robles
Secretario