4 e) que “como única excepción en lo que atañe a la continuidad de las medidas lo constituye […] Freddy Mack Chang, quien falleció el 17 de diciembre de 2011”. 7. Por su parte, la Comisión ha indicado en sus observaciones que: a) respecto a las personas asignadas a brindar las medidas de protección “nota la conformidad de los beneficiarios”; b) observa “que las partes no han hecho mención a la protección brindada a los miembros de la familia de la señora Helen Mack Chang”, por lo cual solicitó más información; c) “reconoc[ió] los esfuerzos realizados por el Estado en la implementación de las medidas provisionales, de forma adecuada y de común acuerdo con los beneficiarios”; d) la importancia “de que el Estado continúe desplegando las acciones tendientes a garantizar una protección efectiva a los beneficiarios, teniendo en cuenta el efecto preventivo que estaría generando la implementación de las medidas provisionales, para evitar daños irreparables a las personas”; e) “el factor de riesgo para los beneficiarios no es el simple hecho que la investigación se encuentre abierta, sino que una de las personas condenadas como autora intelectual de los hechos se encuentra prófuga de la justicia, lo cual sitúa a los beneficiarios en una situación de riesgo latente de que su vida e integridad [personal] sean afectadas en cualquier momento”, y f) “la información presentada por el Estado es insuficiente, no denota ningún avance sustancial en la investigación y, para los efectos de las medidas provisionales, hace que la situación de extrema gravedad y urgencia de sufrir daños permanezca en los beneficiarios ante la falta de captura del sindicado”. A.2. Miembros de la Fundación Myrna Mack 8. El Estado manifestó en sus diversos informes 4 que “existen 2 elementos, prestando servicio de puesto fijo desde las 8:00 horas hasta que se retire la última persona de la Fundación Mack Chang”, y que dicho esquema de seguridad no ha variado desde su implementación 5. 9. En sus observaciones 6, la representante reiteró lo señalado por el Estado respecto a la seguridad brindada a la Fundación y manifestó que las medidas se han venido prestando de acuerdo a lo convenido y de manera satisfactoria. 10. En sus observaciones de 26 de julio y 15 de noviembre de 2010, y 31 de enero de 2011, la Comisión se refirió a lo indicado por el Estado respecto de las personas 4 Informes del Estado de: 23 de abril, 8 de julio y 9 de septiembre de 2010, 16 de mayo de 2011 y 20 de julio de 2012 (supra Visto 2). 5 En su informe de 23 de abril de 2010 el Estado indicó que de parte de la División de Protección a Personas y Seguridad, se nombraron dos elementos más para proporcionar seguridad perimetral a las oficinas de la Fundación Myrna Mack, misma que fue rechazada por los miembros de la Fundación, por no considerarla necesaria, lo anterior fue informado por la Administradora el 7 de abril de 2010, solicitando solamente se continuara con la seguridad ya establecida. 6 Observaciones de la representante de: 4 de junio de 2010, 11 de mayo, 31 de mayo, 10 de agosto y 29 de noviembre de 2011 (supra Visto 3).

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