11 técnicas y fijaciones fotográficas de los lugares de los hechos, reconocimientos médico-legales e inspecciones oculares a los cadáveres de las víctimas, diligencias de trayectoria balística y entrevistas a testigos, tales como Víctor Cabrera Barrios “quien funge como testigo” de la muerte de Víctor Tomás Navarro Barrios. Asimismo, respecto de ambos sucesos, Venezuela informó que el Ministerio Público “ordenó citar y entrevistar a los funcionarios que resguardaron el lugar de los hechos”. En particular, respecto del presunto asesinato de Jorge Antonio Barrios, el Estado informó que el Ministerio Público solicitó al Tribunal de Control correspondiente órdenes de aprehensión contra tres personas y que la causa continúa en fase de investigación. Adicionalmente, el Estado señaló que “a Jorge Antonio Barrios […] no se le estaba brindando Medidas de Protección, todo ello en virtud de que el mencionado ciudadano carecía de residencia fija”. 33. En cuanto a la implementación de las medidas provisionales, el Estado informó que las medidas de protección “se ha[n] venido cumpliendo de conformidad a lo acordado con los miembros de la [f]amilia Barrios”18. El Estado informó que dichas medidas consisten en tres rondas de vigilancia realizadas por miembros de la Guardia Nacional, adscritos al Comando Regional No. 2 de la Guardia Nacional, “por las residencias de las ciudadanas Justina Barrios, Eloisa Barrios e Inés Josefina [B]arrios”. Explicó que de dichos recorridos se deja constancia en Actas de Cumplimiento de Vigilancia, pero que los beneficiarios “se han negado a firmar[las] desde noviembre del año 2011”. Asimismo, en sus diversos informes, el Estado informó de la realización de cuatro audiencias, entre febrero de 2011 y marzo de 2012, para supervisar la implementación de las presentes medidas con los representantes y sus beneficiarios, así como de la convocatoria de otras tres que tuvieron que ser diferidas 19. El Estado alegó que, a pesar de dichas audiencias, existe un “desconocimiento [de] las condiciones que deben cumplirse por parte de los beneficiarios para el efectivo cumplimiento de las medidas”, para lo cual se refirió al traslado de los beneficiarios de sus residencias sin informar al Estado, así como a su negativa “a firmar la [h]oja de visita realizada por el personal castrense”. Venezuela informó que tenía previsto entregar a los beneficiarios dos viviendas en el estado Aragua en abril de 2012, a través de la Gran Misión Vivienda, para que sirvan de refugio a los miembros de la familia Barrios y así “coadyuvar en la resolución de la problemática”, pero que “la situación de emergencia [generada] en la mencionada entidad regional, a raíz de las fuertes lluvias, ha dejado como resultado un número considerable de ciudadanos damnificados imposibilitando que se lleve a cabo finalmente dicha asignación”. No obstante, en diciembre de 2012 informó que “en la actualidad se están realizando reuniones […] a los fines de lograr la consecución de los planes propuestos”. 34. El Estado no se refirió directamente a la implementación de las medidas provisionales a favor de los miembros de la familia Barrios localizados o residenciados en el estado Carabobo y Miranda. No obstante, remitió el acta de una audiencia celebrada el 25 de octubre de 2011 ante el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Estado Aragua, donde el fiscal a cargo, en representación del Ministerio Público, destacó que en el estado Miranda los órganos jurisdiccionales acordaron que las medidas serían ejecutadas por la Policía Municipal, e indicó que 18 Al respecto, el Estado aportó un informe elaborado por la Defensoría del Pueblo, en el cual dicha entidad estatal reporta la verificación del cumplimiento de dichas medidas, a través de información recibida por parte del organismo de seguridad encargado de la realización de los recorridos, así como de parte del Ministerio Público, desde agosto de 2011 hasta mayo de 2012. 19 De acuerdo a la información aportada, se celebraron audiencias los días 8 de febrero, 27 de julio y 25 de octubre de 2011 y el 7 de marzo de 2012. Asimismo, el Estado informó que se convocaron audiencias para el 31 de agosto, 21 de septiembre y 24 de noviembre de 2011, pero que no se llevaron a cabo debido a la “incomparecencia de las víctimas”; y en el caso de la audiencia convocada para el 24 de noviembre de 2011, por la “incomparecencia de las v[í]ctimas[,] el Comandante del Destacamento 21 de la Guardia Nacional […] y el [r]epresentante de las v[í]ctimas”. Al respecto, los representantes señalaron que el 21 de septiembre de 2011 se convocó a una audiencia, sin embargo tras esperar por una hora “sin que el secretario apareciera en la sala a informar sobre las razones del atraso, para no esperar en vano el representante y la víctima optaron por retirarse del Tribunal”.

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