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Finamente, otra de las hermanas del joven Marco Antonio, la señora Emma
Guadalupe Molina Theissen, indicó que
[e]stá consciente de que ninguna reparación es total y verdadera porque al arrebatarle la
vida a su hermano se la arrebataron a su familia, pero considera que para mitigar en
alguna medida lo ocurrido es necesario que el Estado revele a su familia lo que pasó,
dónde está su hermano, y así poder cerrar el duelo, y al menos sentir que los restos de
su hermano van a descansar. Además, pide justicia para que los responsables reciban un
castigo15.
20.
Que la falta de justicia es uno de los motivos primarios por los que la
víctima acude al sistema interamericano. Del mismo modo, la orden de procesar
y sancionar a los perpetradores y descubrir la verdad de los hechos es una de las
decisiones esenciales contenidas en las sentencias de la Corte, puesto que supone
una satisfacción moral para las víctimas; permite la superación emocional de las
violaciones cometidas; restablece las relaciones sociales; contribuye a evitar la
repetición de los hechos; ayuda a eliminar el poder que eventualmente puedan
tener los perpetradores; y significa la realización de la justicia que aplica las
consecuencias que en Derecho corresponde, sancionándose a quien lo merece y
reparándose a quien es debido.
21.
Que la Corte ha señalado que “[u]n procesamiento que se desarrolla hasta
su conclusión y cumpla su cometido es la señal más clara de no tolerancia a las
violaciones a los derechos humanos, contribuye a la reparación de las víctimas y
muestra a la sociedad que se ha hecho justicia”16. Esto no ha sido satisfecho por
Guatemala en el presente caso. Todo lo contrario, continúa afectando a los
familiares del joven Molina Theissen. Además, la omisión del Estado fomenta la
repetición de hechos violatorios, profundiza la impunidad, desacredita el Estado
de Derecho e incumple compromisos internacionales. Una muestra de lo expuesto
en este y en los anteriores párrafos es la intervención de la señora Ana Lucrecia
Molina Theissen en la audiencia privada celebrada el 1 de octubre de 2009 (supra
Visto 5):
sé perfectamente el contexto de impunidad [que hay en Guatemala] y cómo hay un
organismo judicial -y lo que voy a decir es muy fuerte- cómplice de arriba para abajo
con muy contadas y valerosas excepciones. Un sistema judicial cómplice de un estado
de cosas que continúa avalando la tranquilidad de un Ejército que estuvo en ese
momento conformado por criminales. Y disculpen si les suena fuerte este lenguaje pero
yo creo que me quedo corta. Por criminales que están tranquilamente en su casa […]
muriendo impunes. […]
Yo quiero un juicio y quiero un castigo. Quiero un proceso civilizado de justicia. Quiero
un proceso en donde todos en Guatemala, personas e instituciones, nos pongamos de
acuerdo para terminar con una situación que ha destruido a mi país y que tiene
postrada a la nación […], arrastrando a toda esa cauda de irrespeto, de ilegalidad, de
trampas, de exterminio, de las peores atrocidades de las que se pueda tener noticias
en esta pequeña región del mundo, que es Centroamérica. Arrastrando esa cauda
cómo vamos a pretender establecer una nación democrática, respetuosa de los
derechos humanos por encima de un pasado que no es pasado, que está muy
presente. Muy presente en el dolor y en la tragedia que nos sigue acompañando a cada
uno de los seres humanos que tuvimos la suerte o la desgracia de nacer en ese país.
Yo quisiera que el Estado asumiera un compromiso y que sus señoras representantes,
a quienes tengo en gran estima, llevaran mi voz, llevaran la voz de la Corte también, y
ojalá que eso sirviera para darles fuerza para luchar por esos cambios que se necesitan
para que tengan esas posibilidades de actuar de una manera más firme, más
contundente, en el caso de mi hermano y en otros casos que también tenemos muy
presentes como familia de un niño desaparecido.
Quisiera en concreto, solicitar que para la búsqueda de los restos de mi hermano se
establezca con claridad un equipo de trabajo que investigue por separado, que no haga
depender […] de una ley, […] de un proceso de investigación judicial, para poder tener
resultados en el plazo más corto posible, acerca de qué sucedió con mi hermano, […]
15
16
Cfr. Caso Molina Theissen Vs. Guatemala, supra nota 5, párr. 30.d.
Cfr. Caso de los “Niños de la Calle” (Villagrán Morales), supra nota 11, considerando
vigésimo primero.