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114. Después los habrían llevado al patio de la casa donde continuaron los maltratos e
interrogatorios habrían sido sometidos a simulacros de fusilamiento. Wendy declaró que casi
no reconoció a su mamá de los golpes que tenía y que los habrían obligado a presenciar
cómo le “sac[aban] las uñas, una tras otra con un alicate”, además de que en un momento
habría visto que le dispararon en el estómago. Posteriormente, habrían sido trasladados
(ella, su hermano y su mamá) “a [una] comisaría de la Policía Nacional”. Declaró que,
aunque “no recuerd[a] el orden de todo lo que sucedió allí”, les “aplicaron descargas
eléctricas en el cuerpo y [ella y su hermano] fu[eron] obligados a ver como a [su] madre le
hacían lo mismo”. Días después, Wendy e Igor Méndez Calderón fueron devueltos a su casa.
La familia los trasladó a la casa de la abuela en Jutiapa, donde vivieron dos años hasta que
se fueron a Canadá a reencontrarse con su padre. La hermana de la señora Méndez
Calderón expresó haber sido objeto de amenazas el año de la desaparición.
115. De acuerdo a la hermana de la señora Méndez Calderón, cuando una vecina llamó a
la Policía Nacional a preguntar por lo que estaba ocurriendo en la casa de la familia Santizo
Méndez, le indicaron que era un operativo. En el informe de la CEH, se registró que un
testigo, que estuvo detenido, dijo haber visto “en el lugar de su cautiverio” un letrero en la
pared que decía: “[a]quí estuvo Luz Haydée Méndez de Santizo”.
116. La familia buscó a la señora Méndez Calderón en hospitales, centros de detención y
cuerpos de policía. El 9 y 10 de marzo interpusieron recursos de exhibición personal a su
favor y días después se comunicaron los hechos al Ministerio de Gobernación y éste a la
Policía Nacional. El 16 de julio de 1984 un juez de primera instancia se apersonó al Segundo
Cuerpo de la Policía Nacional para practicar un recurso de exhibición personal y el resultado
fue negativo. En octubre de 1984, la Dirección General de la Policía Nacional dejó constancia
en sus registros que “hasta la fecha no ha sido posible poder aclarar [el caso],
constatándose que no ha[…] sido detenid[a …] ni se encuentra[…] en ningún centro
asistencial”. A la misma conclusión llegó el Ministerio de Gobernación. El 9 de agosto de
1985 la Corte Suprema de Justicia decretó la exhibición personal de la señora Méndez
Calderón y ordenó que se solicitara información al Ministerio de la Defensa Nacional,
Ministerio de Gobernación y a los jefes de policía del país, entre otros. En respuesta, el DIT
indicó que “revisados los libros de control y registros […] se comprobó que [la señora
Méndez Calderón] no ha […] sido [c]onsignad[a …] ni detenid[a …] por elementos de este
Departamento”. En diciembre de 1985, se practicó un recurso de exhibición personal a su
favor ante la Policía Nacional, con resultados negativos.
117. En 1991 la familia denunció la desaparición a la PDH, la cual solicitó información a la
Policía Nacional y en 1994 concluyó que “no ha[bían] evidencias precisas que le permit[iera]
al Procurador emitir una declaración sustantiva sobre el desaparecimiento de la persona
mencionada” y ordenó suspender “provisionalmente el trámite”.
118. Paralelamente a la investigación desarrollada por la Unidad Fiscal Especial (infra
párr. 174), el 23 de febrero de 2006 se presentó un recurso de exhibición personal a favor
de la señora Méndez Calderón y en 2008 se solicitó la apertura de un procedimiento de
averiguación especial ante la Corte Suprema de Justicia. En respuesta se ordenó al
Ministerio Público que investigara los hechos. El Ministerio Público informó que había
solicitado información a diversas entidades, obtenido declaraciones de la hija, de la
hermana de la señora Méndez Calderón y del dueño del vehículo que se alegó fue utilizado
durante la captura. La Policía Nacional informó que “no exist[ía] ningún expediente
relacionado con la desaparición de [la señora Méndez Calderón]” y remitió información
sobre la identidad de los agentes de altos rangos de la Policía entre el mayo y junio de
1984, de quienes se solicitó información a diversas instituciones. En abril de ese año la
Cámara Penal de la Corte Suprema convocó a una audiencia para el 8 de julio de 2008, sin