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arbitraria, sin una lógica de desclasificación evidente o transparente, que contiene miles de
hojas de cosas triviales e inútiles para los investigadores de derechos humanos” 73. La
Comisión de Desclasificación no hizo público su informe final74.
C) El Diario Militar y las víctimas del presente caso
69. El presente caso fue presentado en relación con las desapariciones forzadas de 26
personas registradas en el Diario Militar, que ocurrieron a partir de septiembre de 1983, así
como por la alegada falta de investigación de la muerte de Rudy Gustavo Figueroa Muñoz y
de la alegada detención y tortura de Wendy Santizo Méndez. A continuación, se describen
los hechos particulares relacionados con las violaciones alegadas en perjuicio de cada una
de estas personas.
1. José Miguel Gudiel Álvarez 75
70.
José Miguel Gudiel Álvarez tenía veintitrés años al momento de su desaparición y
vivía en la ciudad de Guatemala, a donde se mudó para proteger su vida, puesto que su
familia era considerada como “subversiva” por las autoridades estatales de la época. José
Miguel trabajaba como carpintero. El Diario Militar registra a José Miguel Gudiel Álvarez de
la siguiente forma:
9. JOSE MIGUEL GUDIEL ALVAREZ
(s) ERNESTO ó MANUEL. Nombre falso: RIGOBERTO ALVAREZ TOBAR. Estudiante y reportero: Estuvo en
el Frente Guerrillero No. 6 de donde se desertó. 22-09-83: Capturado en el Parque Isabel La Católica.
Enviado a Coatepeque.
71.
José Miguel vivía cerca del Parque Isabel La Católica, donde el Diario Militar indica
que fue capturado. Según lo relatado a la familia por el dueño de la casa donde vivía José
Miguel, en la madrugada del 22 de septiembre de 1983 un grupo de personas habrían
llegado en cuatro jeeps grandes a la casa del señor Gudiel Álvarez y forzaron la entrada de
la casa. Al entrar presuntamente golpearon a la compañera de José Miguel, al dueño de la
casa y se llevaron objetos de valor. José Miguel se subió al techo, fue herido en una pierna
y capturado.
72.
La familia relata haberse sentido hostigada por la fuerza pública, por lo que
decidieron salir abandonar su lugar de residencia en Santa Lucía. Al estar fuera del país, no
tomaron acciones legales en Guatemala para determinar el paradero de José Miguel. Sin
embargo, los familiares relataron que denunciaron su desaparición en iglesias,
organizaciones humanitarias de Estados Unidos de América y ante la Organización de
73
Declaración pericial rendida por Katharine Doyle ante la Corte Interamericana en la audiencia pública del
presente caso. En el mismo sentido, véase la declaración rendida por el perito Alejandro Valencia Villa, supra, folio
13292.
74
Cfr. Declaración rendida por el perito Alejandro Valencia Villa, supra, folio 13292 y declaración rendida por
el testigo Marco Tulio Álvarez Bobadilla, supra, folio 13644.
75
La prueba referente a esta víctima se encuentra en: Diario Militar (expediente de anexos al Informe de
Fondo, Tomo I, Anexo 11, folio 357); Copia del acta de nacimiento de José Miguel Gudiel Álvarez certificada el 8 de
agosto de 2006 (expediente de anexos presentados por el Estado el 17 de octubre de 2008, tomo II, folios 6475 a
6476); declaraciones de Yolanda Gudiel Álvarez y Makrina Gudiel Álvarez rendidas ante notaria el 13 de octubre de
2004 (expediente de anexos al Informe de Fondo, Tomo I, Anexos 12 y 16, folios 411 y 428); declaración de
Florentín Gudiel Ramos rendida ante notaria el 11 de octubre de 2004 (expediente de anexos al Informe de Fondo,
Tomo I, Anexo 14, folios 417 y 418); declaración de Makrina Gudiel Álvarez rendida ante el Ministerio Público el 8
de abril de 2008 (expediente de anexos al Informe de Fondo, Tomo I, Anexo 18, folio 483); Informe sobre impacto
psicosocial de la familia Gudiel-Álvarez (expediente de anexos al escrito de solicitudes y argumentos, Tomo VII,
Anexo B1, folio 12261), y CEH, supra, Tomo VII, Anexo II, págs. 314-315 y 381.