11. Amici Curiae. – El Tribunal recibió diez escritos de amicus curiae presentados por: a) Media
Defence11; b) la red IFEX12; c) el Practicum de Protección Internacional de Derechos Humanos de
Boston College Law School13; d) el Semillero de Estudios en Gobierno y Justicia de la Facultad de
Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de La Sabana14; e) el Centro de Derechos
Reproductivos15; f) la Corporación Sisma Mujer de Colombia16; g) Robert F. Kennedy Human Rights17;
h) Strategic Advocacy for Human Rights (SAHR) 18; i) la Corporación Sisma Mujer, el Colectivo de
Abogados “José Alvear Restrepo” (CAJAR), la Corporación Casa de la Mujer, laConsultoría de
Derechos Humanos para el Desplazamiento Forzado (CODHES) y la ComisiónColombiana de Juristas,
integrantes de la Mesa de Seguimiento a los Autos 092 de 2008 y 009 de
de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 24 de marzo de 2021, Considerando 12.
El escrito fue firmado por Padraig Hughes y Carlos Gaio y se refiere a (i) el contexto de violencia contra mujeres
periodistas en Colombia; (ii) el deber especial de protección de periodistas en el contexto colombiano; (iii) el deber de proveer
un enfoque diferencial a la protección de mujeres periodistas; (iv) el deber de proveer salvaguardas a las actividades de
reportería de las mujeres periodistas; y (v) sobre cómo la violencia sexual contra mujeres periodistas y su impunidad generan
un efecto amedrentador sobre la libertad de expresión.
11
El escrito fue firmado por Anni Game y se refiere a (i) la experiencia de IFEX en la materia; (ii) la relevancia del caso
de Jineth Bedoya como caso emblemático de impunidad en ataques contra mujeres periodistas; (iii) los efectos negativos de
la impunidad en crímenes contra mujeres periodistas sobre la democracia, y (iv) la lucha contra la impunidad como parte del
deber de brindar un ambiente favorable para la libertad de expresión.
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El escrito fue firmado por Daniela Urosa y Julia Novak y se refiere a (i) la jurisprudencia establecida en materia de
igualdad de género, libertad de expresión y libertad de expresión y periodistas; (ii) las mujeres periodistas son un grupo
especialmente vulnerable; (iii) la falta de protección ha propiciado un círculo vicioso de violencia e impunidad; (iv) la impunidad
y la violencia como represalia incitan a la autocensura, lo que afecta a las mujeres periodistas de manera desproporcionada;
(v) como consecuencia de la censura previa de facto resultante de la violencia cíclica e impunidad, el Estado tiene la obligación
positiva de brindar protección especial a las mujeres periodistas; (iv) para cumplir esta obligación es necesaria la adopción
formal de una perspectiva de género, y (v) la violencia digital amenaza a las mujeres periodistas de manera desproporcionada,
lo que aumenta la necesidad de una protección legal especia.
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El escrito fue firmado por Michelle Infante, María Verónica Hernández, Juana Padilla, Laura Sofía Bohórquez, Laura
Kathalina Mottay José Miguel Rueda y se refiere a (i) el contexto de discriminación estructural basada en el género; (ii) el
conflicto armado no internacional y su impacto diferenciado en la mujer; (iii) el impacto de la discriminación estructural y el
conflicto armado en la libertad de expresión de las mujeres, y (iv) la reparación integral con enfoque de género y vocación
transformadora en casos de violencia sexual dentro de un contexto de discriminación estructural y conflicto armado.
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El escrito fue firmado por Catalina Martínez Coral, Cristina Rosero Arteaga, Viviana Rodríguez Peña y Carolina Patricia
Trejos y se refiere a (i) los Estándares internacionales aplicables al Estado colombiano respecto a las víctimas de violencia
sexual; (ii) el contexto de conflicto armado y su relación con las violaciones a derechos humanos cometidas contra Jineth
Bedoya, y (iii) Reparaciones: estándares y buenas prácticas de reparaciones para víctimas de violencia sexual.
15
El escrito fue firmado por Linda María Cabrera Cifuentes y Karla Roxana Pérez y se refiere a (i) la respuesta estatal
a la violencia sexual en el conflicto armado, y (ii) la violencia sexual sistemática en el conflicto armado colombiano.
16
El escrito fue firmado por Angelita Baeyens, Janina Heller y Wilson Fellow y se refiere a (i) las mujeres periodistas y
defensoras de derechos humanos enfrentan factores de riesgo únicos y sufren tipos específicos de violencia; (ii) la importancia
de garantizar la protección de mujeres periodistas y defensoras de derechos humanos; (iii) los estándares relevantes del
derecho internacional de los derechos humanos relacionados con algunos de los derechos comprometidos en el presente caso;
(iv) los mecanismos de protección a periodistas en Colombia deben incluir una perspectiva de género, y (v) reparaciones con
vocación transformadora.
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El escrito fue firmado por Natasha Latiff y se refiere a (i) la caracterización de violencia sexual en el contexto del
conflicto armado en Colombia y en el caso concreto; (ii) la caracterización del trauma y las secuelas de la violencia sexual: un
enfoque individual y colectivo; (iii) las obligaciones del Estado en materia de violencia sexual; (iv) las obligaciones del Estado
en la investigación, juzgamiento y sanción de hechos de violencia sexual; (v) la reparación a las víctimas de violencia sexual;
(vi) el marco legal y administrativo de reparaciones a víctimas del conflicto armado, y (vii) medidas de reparación adecuadas:
un enfoque holístico.
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