6
por el Estado; c) los dictámenes de dos peritos, uno propuesto por la Comisión y otro
por el Estado, así como: d) los alegatos finales orales de las partes sobre las
excepciones preliminares y los eventuales fondo, reparaciones y costas7.
7.
La audiencia pública fue celebrada los días 20 y 21 de mayo de 2010 durante el
LXXXVII Período Ordinario de Sesiones de la Corte, llevado a cabo en la sede del
Tribunal8.
8.
Por otra parte, el Tribunal recibió ocho escritos en calidad de amicus curiae de
las siguientes personas e instituciones 9 : a) Open Society Justice Initiative,
Commonwealth Human Rights Initiative, Open Democracy Advice Centre y South
African History Initiative, en relación con el derecho a la verdad y al acceso a la
información10; b) Grupo de Investigación de Derechos Humanos en la Amazonía, en
relación con la Ley de Amnistía11; c) Orden de Abogados de Brasil, sección de Río de
Janeiro, sobre, inter alia, los efectos de una eventual sentencia de la Corte
Interamericana y la decisión emitida en el marco de la Arguição de Descumprimento de
Preceito Fundamental No. 153 (en adelante también “Acción de Incumplimiento de
Precepto Fundamental No. 153” o “Acción de Incumplimiento No.153”)12; d) Grupo de
Enseñanza, Investigación y Extensión “Democracia y Justicia de Transición” de la
7
Cfr. Caso Gomes Lund y otros (“Guerrilha do Araguaia”). Convocatoria a Audiencia Pública, supra
nota 6, Punto Resolutivo Cuarto.
8
A esta audiencia comparecieron: a) por la Comisión Interamericana: Felipe González, Comisionado;
Santiago A. Canton, Secretario Ejecutivo; Catalina Botero, Relatora Especial para la Libertad de Expresión, y
Lilly Ching Soto, Leonardo Hidaka y Alejandra Negrete, asesores legales; b) por los representantes: Viviana
Krsticevic, Beatriz Affonso y Helena Rocha de CEJIL, y Victória Lavínia Grabois Olímpio del Grupo Tortura
Nunca Más de Rio de Janeiro, y c) por el Estado: Hildebrando Tadeu Nascimento Valadares, Embajador de
Brasil en Costa Rica; Gláucia Silveira Gauch, Carlos Eduardo da Cunha Oliveira, Camilla Serrano Giunchetti,
Mauricio Candeloro, Rodrigo Wanderley Lima y Francisco Samuel Barzotto, del Ministerio de Relaciones
Exteriores; Cristina Timponi Cambiaghi y Bartira Meira Ramos Nagado, de la Secretaría Especial de los
Derechos Humanos de la Presidencia de la República; Sérgio Ramos de Matos Brito y Ana Claudia de Sousa
Freitas, de la Abogacía General de la Unión; Mauro Almeida Noleto, del Ministerio de Justicia; Paulo Massi
Dallari, de la Casa Civil; Célia Cristina Whitaker, de la Secretaría Especial de Derechos Humanos de la
Municipalidad de São Paulo; Bruno Correia Cardoso, del Ministerio de Defensa; Gerson Menandro, del
Ejército; Miguel Alejandro Gutiérrez Pizarro, de la Embajada de Brasil en Costa Rica, y Manoel Lauro Volkmer
de Castilho, magistrado. Previo a la celebración de dicha audiencia pública, el 6 de mayo de 2010, Brasil
solicitó, inter alia, posponerla para el siguiente período de sesiones del Tribunal y dividirla en dos, de manera
que se realizara una audiencia pública de excepciones preliminares y, en su caso, otra sobre el fondo.
Subsidiariamente, en caso que no se admitiera ese pedido, el Estado solicitó que la audiencia pública
convocada para el 20 y el 21 de mayo de 2010 sólo fuera de excepciones preliminares. Tras considerar las
observaciones de la Comisión y de los representantes, la Corte no admitió las solicitudes del Estado
(expediente de fondo, tomo VI, folios 2709 y 2710).
9
El Tribunal recibió otros escritos que fueron presentados fuera de plazo o que no tenían utilidad o
relación con el objeto del presente caso y, por ello, no son admitidos ni mencionados en la presente
Sentencia.
10
El escrito fue recibido en la Secretaría de la Corte el 7 de junio de 2010 y está firmado por James A.
Goldston y Darian K. Pavli de Open Society Justice Initiative; Maja Daruwala de Common Wealth Human
Rights Initiative, Alison Tilley de Open Democracy Advice Centre, y Catherine Kennedy de South African
History Archive. Las copias de dicho escrito en inglés y en español fueron recibidas el 3 y el 4 de junio de
2010, respectivamente, mientras que la versión en portugués fue recibida el 12 de julio de 2010.
11
El escrito y sus anexos fueron recibidos en la Secretaría de la Corte el 4 de junio de 2010. El escrito
está firmado por Sílvia Maria da Silveira Loureiro y Jamilly Izabela de Brito Silva.
12
El escrito y sus anexos fueron recibidos en la Secretaría de la Corte el 10 de junio de 2010 y está
firmado por Guilherme Peres de Oliveira, Ronaldo Cramer y Wadih Damous. Una copia de dicho escrito fue
recibida el 4 de junio de 2010.