víctimas en los dos casos, el Congreso de la República de Guatemala reformó la Ley Orgánica del Ministerio Público el 23 de febrero de 2016, estableciendo en el artículo 30 numeral 20, la creación de la Fiscalía Contra el Delito de Femicidio, como una Fiscalía de Sección del Ministerio Público. El 10 de agosto de 2016 inició sus funciones tal fiscalía, en ejecución de lo dispuesto en la Ley contra el Feminicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer30. Dicha fiscalía tiene competencia para conocer e investigar los casos de muertes violentas de mujeres, esto es, delitos de femicidio, asesinato, homicidio y parricidio, ya sean consumados o en grado de tentativa, con competencia a nivel nacional. Al iniciar sus funciones, contaba con un personal de 53 personas y, a diciembre de 2020, este asciende a 87 personas. Además, “se coordinó con la Sub Dirección General de Investigación Criminal de la Policía Nacional Civil” a fin de crear “la Sección de Femicidio”, “para que las y los investigadores asignados tuvieran el conocimiento y sensibilización para la realización de investigación de campo” de los casos que se asignan a la Fiscalía, la cual inició sus trabajos con un total de 20 investigadores y, actualmente, cuenta con 50 investigadores. 17. Sin perjuicio de los avances logrados, la Corte advierte que, debido a que la referida fiscalía tiene cobertura a nivel nacional, pero su sede se encuentra en la ciudad de Guatemala, “se ha […] organizado al personal para cubrir dos roles de turnos”, con el objeto de brindar cobertura “las 24 horas del día los 365 días del año”. El primero consiste en “Procesamiento de Escenas del Crimen” con “competencia para procesar las escenas de muertes violentas de mujeres en los Municipios de Guatemala y San Pedro Ayampuc, ambos del Departamento de Guatemala, para lo cual la Fiscalía cuenta con Técnicos en Procesamiento de Escenas de la Dirección de Investigación Criminal (DICRI)”. El segundo consiste en “Turno de Acompañamiento”, en los que “se brinda asesoramiento a los auxiliares fiscales de las Fiscalías Distritales y Municipales de todo el país, cuando procesan escenas del crimen de muertes violentas de mujeres, este acompañamiento se brinda vía telefónica, [… y] se les asesora a los auxiliares fiscales que están procesando la escena en tiempo real, sugiriendo las pericias que deben solicitar a los Peritos del […] INACIF […,] así como las diligencias de investigación que son pertinentes, útiles y necesarias”. Derivado del acompañamiento y asesoramiento que se brinda a las distintas fiscalías, los expedientes en que la hipótesis sea el delito de femicidio “son remitidos y trasladados […] para ser conocidos y tramitados por personal de la Fiscalía Contra el Delito de Femicidio”. Desde el inicio de sus funciones y hasta el 31 de octubre de 2020, los acompañamientos brindados a nivel nacional por el personal de la Fiscalía ascendían a “2,962” escenas del crimen31. 18. Al respecto, las representantes de las víctimas en los dos casos advirtieron que “resulta insuficiente” contar con una sola Fiscalía del delito de Femicidio para recibir adecuadamente las denuncias a nivel nacional y procesarlas de acuerdo a la ley, y debido a que los funcionarios de la fiscalía deben trasladarse de la sede a los departamentos para dar seguimiento a la investigación, consideraron necesario “contar con agencias municipales en los 340 municipios del país”32. El artículo 14 de la Ley contra el Feminicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer indica que: “Para el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente ley, el Ministerio Público deberá crear la Fiscalía de Delitos contra la Vida e Integridad Física de la Mujer, especializada en la investigación de los delitos creados por esta ley, con los recursos presupuestarios, físicos, materiales, científicos y humanos que le permitan el cumplimiento de los fines de la misma”. Cfr. Ley contra el Feminicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer, decreto número 22-2008, disponible en: https://www.oas.org/dil/esp/ley_contra_el_femicidio_y_otras_formas_de_violencia_contra_la_mujer_guate mala.pdf. 31 Cfr. Oficio de la Fiscalía Contra el Delito de Femicidio de 20 de noviembre de 2020, supra nota 29. Ver también informes estatales de 7 y 18 de diciembre de 2020. 32 Durante la audiencia privada de mayo de 2018 (supra Visto 3), la representación de las dos víctimas advirtió que la única fiscalía de femicidio creada, tiene cobertura a nivel nacional, lo que significa que los 30 10

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