víctimas en los dos casos, el Congreso de la República de Guatemala reformó la Ley
Orgánica del Ministerio Público el 23 de febrero de 2016, estableciendo en el artículo 30
numeral 20, la creación de la Fiscalía Contra el Delito de Femicidio, como una Fiscalía de
Sección del Ministerio Público. El 10 de agosto de 2016 inició sus funciones tal fiscalía,
en ejecución de lo dispuesto en la Ley contra el Feminicidio y otras formas de Violencia
contra la Mujer30. Dicha fiscalía tiene competencia para conocer e investigar los casos
de muertes violentas de mujeres, esto es, delitos de femicidio, asesinato, homicidio y
parricidio, ya sean consumados o en grado de tentativa, con competencia a nivel
nacional. Al iniciar sus funciones, contaba con un personal de 53 personas y, a diciembre
de 2020, este asciende a 87 personas. Además, “se coordinó con la Sub Dirección
General de Investigación Criminal de la Policía Nacional Civil” a fin de crear “la Sección
de Femicidio”, “para que las y los investigadores asignados tuvieran el conocimiento y
sensibilización para la realización de investigación de campo” de los casos que se asignan
a la Fiscalía, la cual inició sus trabajos con un total de 20 investigadores y, actualmente,
cuenta con 50 investigadores.
17.
Sin perjuicio de los avances logrados, la Corte advierte que, debido a que la
referida fiscalía tiene cobertura a nivel nacional, pero su sede se encuentra en la ciudad
de Guatemala, “se ha […] organizado al personal para cubrir dos roles de turnos”, con
el objeto de brindar cobertura “las 24 horas del día los 365 días del año”. El primero
consiste en “Procesamiento de Escenas del Crimen” con “competencia para procesar las
escenas de muertes violentas de mujeres en los Municipios de Guatemala y San Pedro
Ayampuc, ambos del Departamento de Guatemala, para lo cual la Fiscalía cuenta con
Técnicos en Procesamiento de Escenas de la Dirección de Investigación Criminal
(DICRI)”. El segundo consiste en “Turno de Acompañamiento”, en los que “se brinda
asesoramiento a los auxiliares fiscales de las Fiscalías Distritales y Municipales de todo
el país, cuando procesan escenas del crimen de muertes violentas de mujeres, este
acompañamiento se brinda vía telefónica, [… y] se les asesora a los auxiliares fiscales
que están procesando la escena en tiempo real, sugiriendo las pericias que deben
solicitar a los Peritos del […] INACIF […,] así como las diligencias de investigación que
son pertinentes, útiles y necesarias”. Derivado del acompañamiento y asesoramiento
que se brinda a las distintas fiscalías, los expedientes en que la hipótesis sea el delito de
femicidio “son remitidos y trasladados […] para ser conocidos y tramitados por personal
de la Fiscalía Contra el Delito de Femicidio”. Desde el inicio de sus funciones y hasta el
31 de octubre de 2020, los acompañamientos brindados a nivel nacional por el personal
de la Fiscalía ascendían a “2,962” escenas del crimen31.
18.
Al respecto, las representantes de las víctimas en los dos casos advirtieron que
“resulta insuficiente” contar con una sola Fiscalía del delito de Femicidio para recibir
adecuadamente las denuncias a nivel nacional y procesarlas de acuerdo a la ley, y debido
a que los funcionarios de la fiscalía deben trasladarse de la sede a los departamentos
para dar seguimiento a la investigación, consideraron necesario “contar con agencias
municipales en los 340 municipios del país”32.
El artículo 14 de la Ley contra el Feminicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer indica que:
“Para el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente ley, el Ministerio Público deberá crear la
Fiscalía de Delitos contra la Vida e Integridad Física de la Mujer, especializada en la investigación de los delitos
creados por esta ley, con los recursos presupuestarios, físicos, materiales, científicos y humanos que le
permitan el cumplimiento de los fines de la misma”. Cfr. Ley contra el Feminicidio y otras formas de Violencia
contra
la
Mujer,
decreto
número
22-2008,
disponible
en:
https://www.oas.org/dil/esp/ley_contra_el_femicidio_y_otras_formas_de_violencia_contra_la_mujer_guate
mala.pdf.
31
Cfr. Oficio de la Fiscalía Contra el Delito de Femicidio de 20 de noviembre de 2020, supra nota 29.
Ver también informes estatales de 7 y 18 de diciembre de 2020.
32
Durante la audiencia privada de mayo de 2018 (supra Visto 3), la representación de las dos víctimas
advirtió que la única fiscalía de femicidio creada, tiene cobertura a nivel nacional, lo que significa que los
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