el Delito de Femicidio “siguen siendo insuficientes”, la Corte considera indispensable que el personal que labora en la misma sea especializado o tenga una formación adecuada y siga protocolos o lineamientos que garanticen que las labores de recepción de denuncias, investigación y persecución se efectúen con la debida diligencia y perspectiva de género requeridas. Sin embargo, debido a que en las Sentencias se ordenó una medida específica relativa a capacitaciones, dicha observación será tomada en cuenta al valorar el grado de cumplimiento de esa reparación en el Considerando 49 de esta Resolución. ii) Implementar el funcionamiento pleno de los “órganos jurisdiccionales especializados” 23. La Corte valora positivamente que, según se desprende de la información presentada por el Estado34, y que no fue controvertida por las representantes de las víctimas de los dos casos, a la luz del artículo 15 de la Ley contra el Femicidio y otras Formas de Violencia contra la Mujer35, se cuenta con “Órganos Jurisdiccionales Especializados” en 17 de los 22 departamentos de Guatemala 36. Tales órganos consisten en (i) juzgados de primera instancia penal, (ii) tribunales de sentencia penal y (iii) salas de apelación de Delitos de Femicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer. Su creación y competencia, según el territorio, ha sido determinada por medio de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia (en adelante “Acuerdos de la CSJ”). La competencia por razón de la materia de tales órganos son los delitos contenidos en la Ley contra el Femicidio y otras Formas de Violencia contra la Mujer, esto es, femicidio y violencia contra la mujer en sus manifestaciones física, sexual, psicológica y económica. Al igual que conocen de los delitos de violación y agresión sexual, tipificados en la Ley Contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas, y en los artículos 173 y 173 bis del Código Penal. Además, según Acuerdo de la CSJ 5-2016, dicha competencia se amplía cuando los delitos son cometidos en contra de niñas, niños y adolescentes37. 24. Los Juzgados y Tribunales de Delitos de Femicidio y otras Formas de Violencia contra la Mujer cuentan con un “Sistema de Atención Integral para mujeres víctimas de violencia contra la Mujer” (en adelante “SAI”), creado por Acuerdo 30-2010 de la CSJ, que “es el elemento clave de la Justicia Especializada con enfoque de género y victimológico”. El SAI “se encuentra integrado por personas especialistas en psicología, trabajo social y niñeras quienes tienen como función brindar atención personalizada a las víctimas dependiendo de las circunstancias particulares de edad, sexo, género, cultura, pert[e]nencia étnica, origen, condición económica y cualquier otra”. Entre sus actividades, brinda servicios antes, durante y después de las audiencias que se llevan a cabo durante el proceso penal, así como atienden a personas que no tienen proceso Cfr. Oficio de la Secretaría General de la Presidencia del Organismo Judicial de 26 de noviembre de 2020; Oficio de la Secretaría de la Corte Suprema de Justicia de Guatemala de 24 de noviembre de 2020, y Oficio de la Coordinadora de la Unidad de Control, Seguimiento y Evaluación de los Órganos Especializados en Delitos de Femicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer de 24 de noviembre de 2020 (anexo a los informes estatales de 7 y 18 de diciembre de 2020). Ver también informes estatales de 7 y 18 de diciembre de 2020. 35 El artículo 15 de la Ley contra el Feminicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer indica que: “La Corte Suprema de Justicia implementará órganos jurisdiccionales especializados que deberán conocer de los delitos establecidos en la presente ley, organizando su funcionamiento en régimen de veinticuatro (24) horas, sin perjuicio de la competencia atribuida a los juzgados del ramo penal”, supra nota 30. 36 Guatemala, Quetzaltenango, Chiquimula, Alta Verapaz, Huehuetenango, Escuintla, lzabal, Petén, Quiché, San Marcos, Sololá, Chimaltenango, Suchitepéquez, Jutiapa, Santa Rosa, Baja Verapaz y Zacapa. 37 Entre los años 2010 y 2020, los casos ingresados en los juzgados de primera instancia ascendieron a un total de 57,411, se han celebrado 246,089 audiencias y dictado 28,100 sentencias a nivel nacional. Cfr. Centro de Información, Desarrollo y Estadística Judicial, Sistema de Gestión de Tribunales, Organismo Judicial. Estadísticas de Juzgados Especializados del período 2010 a 2020. Procesamiento de la información a 19 de noviembre 2020 (anexos al informe estatal de 7 de diciembre de 2020). 34 12

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