D.2. Información y observaciones de las partes y de la Comisión 38. Durante el período de 2015 a 2019, en el marco de la supervisión de cumplimiento de la Sentencia del caso Veliz Franco y otros, el Estado presentó información sobre diversas capacitaciones, talleres y otras actividades, sin indicar que tuvieran un carácter permanente50. Al respecto, las representantes observaron que tales actividades no pertenecían a programas permanentes de formación51, y destacaron que una parte de dichas capacitaciones se relacionan con los cursos de inducción al personal que labora en la Fiscalía de Delitos contra la Vida e Integridad Física de la Mujer; sin embargo, dichos cursos debían ser extensivos a todas las dependencias que tienen vinculación con la investigación y persecución penal de los delitos de femicidio y otras formas de violencia contra las mujeres. La Comisión advirtió que, de la documentación aportada por el Estado, se desprende que se tratan en algunos casos de capacitaciones realizadas antes de la emisión de la Sentencia. Además, la información aportada en relación con el Ministerio Público y la Policía Nacional Civil “no permite establecer que se estén implementando medidas concretamente a partir de la [S]entencia”, “ni el alcance y contenido de los programas de formación implementados”. 39. Posteriormente, en diciembre de 2020, Guatemala presentó información sobre programas y cursos para funcionarios públicos pertenecientes al Poder Judicial, Ministerio Público y Policía Nacional Civil, y solicitó que se declare el total cumplimiento de la reparación. Al respecto, en sus observaciones a dicha información en febrero de 2021, las representantes de las víctimas en los dos casos, consideraron que la medida no ha sido cumplida. Las representantes del caso Velásquez Paiz y otros señalaron que los cursos en el Poder Judicial, Ministerio Público y Policía Nacional Civil “no han obtenido el objetivo deseado” y “las estadísticas demuestran que todavía se necesita mayor incidencia en los cursos de capacitación y evaluación”, por lo que solicitaron que, “ante la ausencia de información más cualitativa”, la Corte mantenga la supervisión sobre esta medida. Por su parte, las representantes del caso Veliz Franco y otros observaron que En julio de 2015 informó que, “[a] raíz de la implementación de Órganos de Justicia Especializada, se cuenta dentro del Estado con procesos formativos que buscan profundizar la aplicación del marco normativo y sensibilizar sobre la problemática de violencia contra la mujer. Estos procesos se denominan Módulos del Programa Formativo ‘Transversalización de género y análisis normativo en materia de violencia contra la Mujer en el Organismo Judicial de Guatemala’”. En diciembre de 2015 señaló que llevó a cabo una capacitación denominada “Estereotipos de Género como Herramientas para la Impunidad” con el apoyo de la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (en adelante “OACNUDH”) para las instituciones vinculadas a la investigación de actos de homicidio de mujeres. En julio de 2016 informó sobre la “Herramienta para la incorporación del enfoque de derechos humanos y la perspectiva de género, en la elaboración de sentencias relativas a delitos de femicidio y otras formas de violencia contra la mujer” de la OACNUDH. En octubre de 2016 indicó que la Escuela de Estudio Judiciales impartió 4 talleres de análisis de la Sentencia Veliz Franco y 3 talleres interinstitucionales de estrategias para fortalecer el deber de la debida diligencia bajo el análisis de tal Sentencia, además, el Ministerio Publico incorporó el “Programa de Formación – Inducción para la Fiscalía contra el Femicidio”, y se llevaron a cabo otras capacitaciones en ese momento en la Policía Nacional Civil. En abril de 2019 informó sobre 19 actividades de formación realizadas por el Ministerio Público entre 2014 y 2018 con la cantidad de participantes por actividad, así como sobre. Además, sostuvo que el Organismo Judicial, a través de su Unidad de Capacitación Institucional, así como la Secretaría de la Mujer y Análisis de Género, ha realizado actividades de formación con la finalidad de transmitir los estándares internacionales sobre prevención, sanción y erradicación de varias formas de violencia contra la mujer. Finalmente, manifestó que en la Policía Nacional Civil (PNC) se creó un Departamento de Equidad de Género dentro de la Subdirección General de Prevención del Delito, y que dentro de la institución policial existen varias unidades que imparten cursos de formación sobre las formas de violencia contra la mujer, su prevención, investigación y erradicación. 51 Solicitaron que Guatemala explique cuáles cursos o actividades tenían una relación directa con el Fallo, y que presentara información cuantitativa sobre las personas que los recibieron en las instituciones y las personas que allí laboran. Además, sostuvieron que es la CONAPREVI (Coordinadora Nacional para la Prevención de la Violencia Intrafamiliar y contra las Mujeres) el ente rector de las políticas públicas relativas a violencia contra las mujeres y a quien corresponde el asesoramiento, seguimiento y monitoreo de los procesos de formación y capacitación sobre violencia contra la mujer, pero no está funcionando ya que desde el 2012 ha venido un serio debilitamiento y no cuenta con recursos. 50 18

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