D.2. Información y observaciones de las partes y de la Comisión
38.
Durante el período de 2015 a 2019, en el marco de la supervisión de
cumplimiento de la Sentencia del caso Veliz Franco y otros, el Estado presentó
información sobre diversas capacitaciones, talleres y otras actividades, sin indicar que
tuvieran un carácter permanente50. Al respecto, las representantes observaron que tales
actividades no pertenecían a programas permanentes de formación51, y destacaron que
una parte de dichas capacitaciones se relacionan con los cursos de inducción al personal
que labora en la Fiscalía de Delitos contra la Vida e Integridad Física de la Mujer; sin
embargo, dichos cursos debían ser extensivos a todas las dependencias que tienen
vinculación con la investigación y persecución penal de los delitos de femicidio y otras
formas de violencia contra las mujeres. La Comisión advirtió que, de la documentación
aportada por el Estado, se desprende que se tratan en algunos casos de capacitaciones
realizadas antes de la emisión de la Sentencia. Además, la información aportada en
relación con el Ministerio Público y la Policía Nacional Civil “no permite establecer que se
estén implementando medidas concretamente a partir de la [S]entencia”, “ni el alcance
y contenido de los programas de formación implementados”.
39.
Posteriormente, en diciembre de 2020, Guatemala presentó información sobre
programas y cursos para funcionarios públicos pertenecientes al Poder Judicial,
Ministerio Público y Policía Nacional Civil, y solicitó que se declare el total cumplimiento
de la reparación. Al respecto, en sus observaciones a dicha información en febrero de
2021, las representantes de las víctimas en los dos casos, consideraron que la medida
no ha sido cumplida. Las representantes del caso Velásquez Paiz y otros señalaron que
los cursos en el Poder Judicial, Ministerio Público y Policía Nacional Civil “no han obtenido
el objetivo deseado” y “las estadísticas demuestran que todavía se necesita mayor
incidencia en los cursos de capacitación y evaluación”, por lo que solicitaron que, “ante
la ausencia de información más cualitativa”, la Corte mantenga la supervisión sobre esta
medida. Por su parte, las representantes del caso Veliz Franco y otros observaron que
En julio de 2015 informó que, “[a] raíz de la implementación de Órganos de Justicia Especializada, se
cuenta dentro del Estado con procesos formativos que buscan profundizar la aplicación del marco normativo y
sensibilizar sobre la problemática de violencia contra la mujer. Estos procesos se denominan Módulos del
Programa Formativo ‘Transversalización de género y análisis normativo en materia de violencia contra la Mujer
en el Organismo Judicial de Guatemala’”. En diciembre de 2015 señaló que llevó a cabo una capacitación
denominada “Estereotipos de Género como Herramientas para la Impunidad” con el apoyo de la Oficina del
Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (en adelante “OACNUDH”) para las
instituciones vinculadas a la investigación de actos de homicidio de mujeres. En julio de 2016 informó sobre
la “Herramienta para la incorporación del enfoque de derechos humanos y la perspectiva de género, en la
elaboración de sentencias relativas a delitos de femicidio y otras formas de violencia contra la mujer” de la
OACNUDH. En octubre de 2016 indicó que la Escuela de Estudio Judiciales impartió 4 talleres de análisis de la
Sentencia Veliz Franco y 3 talleres interinstitucionales de estrategias para fortalecer el deber de la debida
diligencia bajo el análisis de tal Sentencia, además, el Ministerio Publico incorporó el “Programa de Formación
– Inducción para la Fiscalía contra el Femicidio”, y se llevaron a cabo otras capacitaciones en ese momento en
la Policía Nacional Civil. En abril de 2019 informó sobre 19 actividades de formación realizadas por el Ministerio
Público entre 2014 y 2018 con la cantidad de participantes por actividad, así como sobre. Además, sostuvo
que el Organismo Judicial, a través de su Unidad de Capacitación Institucional, así como la Secretaría de la
Mujer y Análisis de Género, ha realizado actividades de formación con la finalidad de transmitir los estándares
internacionales sobre prevención, sanción y erradicación de varias formas de violencia contra la mujer.
Finalmente, manifestó que en la Policía Nacional Civil (PNC) se creó un Departamento de Equidad de Género
dentro de la Subdirección General de Prevención del Delito, y que dentro de la institución policial existen varias
unidades que imparten cursos de formación sobre las formas de violencia contra la mujer, su prevención,
investigación y erradicación.
51
Solicitaron que Guatemala explique cuáles cursos o actividades tenían una relación directa con el
Fallo, y que presentara información cuantitativa sobre las personas que los recibieron en las instituciones y las
personas que allí laboran. Además, sostuvieron que es la CONAPREVI (Coordinadora Nacional para la
Prevención de la Violencia Intrafamiliar y contra las Mujeres) el ente rector de las políticas públicas relativas a
violencia contra las mujeres y a quien corresponde el asesoramiento, seguimiento y monitoreo de los procesos
de formación y capacitación sobre violencia contra la mujer, pero no está funcionando ya que desde el 2012
ha venido un serio debilitamiento y no cuenta con recursos.
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