7. El informe presentado el 5 de mayo de 2014 por el Ministerio Público de Guatemala con relación a la supervisión de la obligación de investigar, en atención a la solicitud del 14 de abril de 2014 (supra Visto 6). 8. Los escritos de observaciones presentados por los representantes de las víctimas de los distintos casos (en adelante “los representantes”) 17 entre los días 25 de mayo de 2011 y 16 de mayo de 2014 en once de loscasos 18, en los que se hace referencia a la medida correspondiente a la obligación de investigar. 9. Los escritos de observaciones presentados por la Comisión Interamericana entre los días 25 de mayo de 2011 y 16 de mayo de 2014 en referencia a la obligación de investigar en los doce casos 19. 10. La audiencia privada de supervisión de cumplimiento de sentencia conjunta para los casos Blake, Niños de la Calle, Bámaca Velásquez, Maritza Urrutia, Masacre de Plan de Sánchez, Molina Theissen, Tiu Tojín, Masacre de las Dos Erres, Carpio Nicolle, Chitay Nech y Mack Chang, celebrada el 16 de mayo de 2014 en la sede del Tribunal (infra Considerando 25). 11. Las notas de la Secretaría de la Corte de 18 y 27 de febrero de 2015, mediante las cuales, siguiendo instrucciones del Presidente de la Corte, se requirió información al Estado respecto de la obligación de investigar, juzgar y, en su caso, sancionar en los casos referidos en la audiencia (supra Visto 10) y el caso Panel Blanca, respectivamente. 12. Los informes presentados por el Estadoentre abril y noviembre de 2015, con posterioridad a la celebración de la referida audiencia de supervisión de cumplimiento de sentencia conjunta (supra Visto 10) 20. 13. Los escritos de observaciones de los representantes a los informes presentados por el Estado con posterioridad a la audiencia (supra Visto 12) 21. 17 El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), el Centro Para la Acción Legal en Derechos Humanos (CALDH), la Fundación Myrna Mack, y los familiares de las víctimas por cuenta propia. 18 Un escrito de observaciones del caso Blake; un escritos del caso “Niños de la Calle” (Villagrán Morales); cinco escritos del caso Bámaca Velásquez; cuatro escritos del caso Maritza Urrutia; tres del caso Masacre Plan de Sánchez; tres del caso Molina Theissen; uno del caso Carpio Nicolle; dos del caso Tiu Tojín; cinco del caso de la Masacre de las Dos Erres; cuatro del caso Chitay Nech; y tres del caso Myrna Mack Chang. 19 Un escrito de observaciones conjunto de los casos Panel Blanca, Blake, Niños de la Calle, Bámaca Velásquez, Maritza Urrutia, Masacre Plan de Sánchez, Molina Theissen, Tiu Tojín, Masacre de las Dos Erres, Carpio Nicolle, y Mack Chang, de fecha 19 de septiembre de 2011; dos escritos del caso Blake; un escrito del caso “Niños de la Calle” (Villagrán Morales); tres escritos del caso Bámaca Velásquez; cuatro escritos del caso Maritza Urrutia; dos escrito del caso Masacre Plan de Sánchez; tres escritos del caso Molina Theissen; un escrito del caso Carpio Nicolle; dos escrito del caso Tiu Tojín; tres del caso Masacre de las Dos Erres; tres del caso Chitay Nech; dos del caso Mack Chang; y dos del caso Panel Blanca. 20 Los informes de supervisión conjunta de los casos Blake, Niños de la Calle, Bámaca Velásquez, Maritza Urrutia, Masacre de Plan de Sánchez, Molina Theissen, Tiu Tojín, Masacre de las Dos Erres, Carpio Nicolle, Chitay Nech y Mack Chang, del 17 de abril y 7 de octubre de 2015; un informe del caso de Panel Blanca del 27 de abril de 2015, y un informe correspondiente al caso Molina Theissen de 6 de noviembre de 2015. 21 Un escrito de observaciones del caso “Niños de la Calle” (Villagrán Morales); un escrito del caso Bámaca Velásquez; un escrito del caso Maritza Urrutia; un escrito del caso Masacre Plan de Sánchez; un escrito del caso Molina Theissen; un escrito del caso Tiu Tojín; un escrito del caso de la Masacre de las Dos Erres; dos escritos del caso Chitay Nech; un escrito del caso de la Panel Blanca (Paniagua Morales y otros), y tres escritos con relación a la supervisión conjunta de los casos Blake, Niños de la Calle, Bámaca Velásquez, Maritza Urrutia, Masacre de Plan de Sánchez, Molina Theissen, Tiu Tojín, Masacre de las Dos Erres, Carpio Nicolle, Chitay Nech y Mack Chang. Dos escritos de observaciones del caso Chitay Nech; un escrito de observaciones del caso Molina Theissen, un escrito de observaciones conjunto correspondiente a los casos Bámaca Velásquez, Masacre de las dos erres, Molina Theissen y Villagrán Morales (Niños de la Calle); dos escritos de observaciones conjunto de los casos Maritza 4

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