12 y a conocer la verdad de lo ocurrido, y vi) la presunta estigmatización de la que habrían sido objeto. 2) Jorge Tenorio Huamaní, quien declarará sobre: i) la vida familiar posterior a la alegada desaparición de la presunta víctima, y ii) la presunta falta de acceso a la justicia en el caso y a conocer la verdad de lo ocurrido. B) Testigos Propuestos por el Estado 3) Gian Carlo Iannacone de La Flor, miembro del equipo forense del Instituto de Medicina Legal del Ministerio Público del Perú, quien declarará sobre el proceso de identificación de restos óseos y su complejidad, así como sobre las acciones que ha realizado el Estado peruano en la identificación de los restos en el presente caso. 4) Luis Alberto Rueda Curimana, arqueólogo forense, quien declarará sobre el procedimiento de exhumación y recuperación de restos y sobre las acciones que ha realizado el Estado peruano en la recuperación de los restos óseos en el presente caso, en su calidad de miembro del Equipo Forense Especializado del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses del Ministerio Público, donde participó de la diligencia de exhumación realizada en marzo de 2009 en la zona de Pucayacu, departamento de Huancavelica. C) Peritos Propuestos por los representantes 5) Sofía Macher Batanero, socióloga, antigua integrante de la Comisión de la Verdad y Reconciliación, quien declarará sobre las diversas investigaciones realizadas por la Comisión de la Verdad y Reconciliación sobre el contexto de violencia política, así como la sistematicidad e impunidad en las violaciones a los derechos humanos en Ayacucho, lugar en donde se desarrollaron los hechos del presente caso; y los alegados esfuerzos de los familiares en forma individual u organizada para conocer la verdad y recuperar a sus seres queridos. 6) Carlos Alberto Jibaja Zárate, psicólogo con experiencia en procesos de atención psico-social a víctimas de violaciones a los derechos humanos, el cual declarará sobre el alegado impacto sufrido por los familiares de Rigoberto Tenorio Roca por las presuntas violaciones a sus derechos humanos, en particular por la alegada desaparición forzada de la presunta víctima y la supuesta falta de acceso a la justicia en estos casos. El peritaje abarcará, además, los supuestos daños emocionales sufridos por los familiares de Rigoberto Tenorio Roca como consecuencia de alegadas violaciones. Propuesto por la Comisión 7) Félix Rigoberto Reátegui Carrillo, sociólogo, quien declarará sobre la relación entre las medidas de reparación a nivel interno y aquellas que son dispuestas a nivel internacional como consecuencia de la determinación de la responsabilidad de un Estado por el uso sistemático y generalizado del delito de la desaparición forzada. 2. Requerir al Estado y a los representantes que, de considerarlo pertinente, en lo que les corresponda y de conformidad con el párrafo considerativo 46 de la presente Resolución, y en el plazo improrrogable que vence el 15 de enero de 2016, presenten las preguntas que

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