8 3. Sandra Zoraida Castillo Momtufar, médico, quien declarará sobre: las circunstancias de modo, tiempo y lugar relacionadas con los hechos que damnificaron al señor Vinicio Antonio Poblete Vilches, y que fueron de su conocimiento, relativas a la atención que la testigo le brindaba en su domicilio tras haber sido dado de alta del Hospital Sótero del Río el día 3 de febrero de 2001. Deberá precisar el diagnóstico que realizaba en dicha oportunidad así como el estado general en que se encontraba el paciente al concurrir a su domicilio particular a brindarle asistencia. 4. Jorge Alejandro Fuentes Poblete, Alejandra Marcela Fuentes Poblete y Teresa del Carmen Campos Quintero, conocidos del señor Poblete que fueron testigos de su condición en el hospital, quienes declararán sobre: las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que el señor Vinicio Poblete Vilches fue hospitalizado en 2001 y luego dado de alta para volver a reingresar al Hospital Sótero del Río pocos días más tarde. Deberá el testigo precisar en qué oportunidades durante esos días, vio al nombrado y las condiciones en que lo halló así como respecto a cuál fue el trato recibido por el paciente y por sus familiares. Asimismo, deberá pronunciarse sobre el estado general en que lo observaba durante los días en que fue dado de alta previo a su reingreso y posterior fallecimiento. Propuestos por el Estado 5. Patricia Navarrete Mella, médico cirujano, quien declarará sobre: el sistema de salud chileno y el desarrollo, avances y políticas públicas en relación con la progresiva protección y garantía del derecho a la salud por parte del Estado. 6. Osvaldo Salgado Zepeda, médico, quien declarará sobre: la administración de los servicios de salud y de la red a cargo de los dispositivos hospitalarios. C. Peritos Propuestos por las defensoras 7. Hernán Víctor Gullco, abogado, quien rendirá dictamen sobre: el contenido, a la luz de los estándares internacionales, del derecho a la información pública en materia de salud, así como su relación con el derecho a la dignidad y autodeterminación y el derecho a tomar decisiones libres. Ofrecerá a la Corte una mirada comparada del tema en el derecho internacional ofreciendo referencias a otros sistemas de protección de derechos humanos, así como a la jurisprudencia constitucional comparada sistematizando los estándares a considerar para decidir si se ha producido una violación a los derechos mencionados y si tales violaciones afectaron también a los familiares. 8. Fernando Mussa Abujamra Aith, médico, quién rendirá dictamen sobre condiciones del Sistema de salud pública chileno, así como ofrecerá detalles contexto en que sucedieron los hechos y de la situación actual, a fin determinar adecuadamente las medidas de reparación y las garantías de repetición aplicables al presente caso. Propuesto por el Estado las del de no

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