-9- (iii) las afectaciones que han generado en ellos y ellas, sus familias y otras presuntas víctimas de estos hechos; así como (iv) las medidas que debería adoptar el Estado para la reparación del daño causado. B) Peritas (propuestas por los representantes) 1) Jo-Marie Burt, politóloga, quien rendirá peritaje sobre la alegada situación de impunidad estructural en Guatemala en casos de graves violaciones a los derechos humanos cometidas durante el conflicto armado interno, los principales obstáculos que enfrentan quienes reclaman justicia en este tipo de casos y sus causas. Igualmente explicará las medidas que, a su juicio, el Estado guatemalteco debería adoptar para hacer frente a esta situación y a otros aspectos relacionados con este proceso. 2) Katherine Doyle, especialista en acceso a la información relacionada con graves violaciones a los derechos humanos, quien rendirá peritaje sobre la alegada obstaculización en el acceso a la información contenida en archivos militares en Guatemala en el marco de procesos de investigación de graves violaciones a los derechos humanos cometidas durante el conflicto armado interno; y el deber del Estado de resguardar, conservar y garantizar el acceso a los archivos que contengan información relevante para el esclarecimiento de este tipo de hechos. Asimismo, se referirá a las medidas que el Estado debería adoptar en esta materia para evitar la repetición de hechos como los que se dieron en este caso y otros aspectos relacionados con este proceso. 3) Marina de Villagrán, psicóloga social, quien rendirá peritaje sobre los efectos psicosociales derivados de la masacre cometida durante los días 29 y 30 de abril de 1982 en la Aldea Los Josefinos. Asimismo, se referirá a las medidas que el Estado guatemalteco debe adoptar para reparar el daño causado a estas, entre otros aspectos relacionados con el caso. C) Declaración Testimonial (propuesto por los representantes) 1) Edgar Fernando Pérez Archila, abogado a cargo del litigio a nivel interno del caso de la masacre de la aldea Los Josefinos y otros casos de graves violaciones a los derechos humanos cometidas en Guatemala, quien declarará sobre las gestiones realizadas por las presuntas víctimas del caso para la búsqueda de justicia y la respuesta de las autoridades; el estado actual en que se encuentra el proceso y los alegados principales obstáculos que se habrían encontrado. 3. Requerir a los representantes que notifiquen la presente Resolución a los declarantes propuestos por ellos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 50.2 y 50.4 del Reglamento. En el caso de que la perita convocada a declarar durante la audiencia desee presentar una versión escrita de su peritaje, deberá presentarla a la Corte a más tardar el 10 de febrero de 2021. 4. Requerir al Estado para que remita, en los términos del artículo 50.5 del Reglamento, de considerarlo pertinente y en el plazo improrrogable que vence el 8 de enero de 2021, las preguntas que estime pertinente formular, a través de la Corte Interamericana, a los declarantes indicados en el punto resolutivo 2 de la presente Resolución. 5. Requerir a los representantes que coordinen y realicen las diligencias necesarias para que, una vez recibidas las preguntas, si las hubiere, los declarantes, el testigo y las peritas

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