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La nota contenía
Tlachinollan;
también
frases
amenazantes
contra
la
organización
r) el 29 de junio de 2011 Rafael Rodríguez Dircio, integrante de la OPIM, fue
detenido en un retén por elementos de la Policía Investigadora Ministerial y
llevado a una prisión de Ayutla de los Libres. Mientras era trasladado al centro
de detención, “los policías lo amenazaron, y le dijeron que si no acepta[ba] la
culpa le iban a meter la cabeza en un tambo con agua”. El 5 de julio de 2011 el
juez de primera instancia resolvió su liberación tras no contar con pruebas para
procesarlo, y
s) el 21 de enero de 2012 el beneficiario Maximino García Catarino, familiar de
Manuel Ponce Rosas, fue detenido por la policía ministerial por su supuesta
participación en la muerte de Juan Teodoro García en febrero de 2011. Mientras
era trasladado a la comandancia policial, fue “golpeado en diferentes partes del
cuerpo a puñetazos y a patadas”.
17.
Adicionalmente, los representantes sostuvieron que para determinar la
pertinencia de mantener la vigencia de estas medidas provisionales la Corte debe
tomar en cuenta, entre otros, “[l]os niveles de violencia o riesgo al grupo [al] que
pertenecen los beneficiarios en un país o región, en un momento específico[;
c]onsideraciones generales sobre la localidad o población en que los beneficiarios están
insertados[; n]uevos o recientes hechos de violencia, amenaza u hostigamiento
cometidos contra uno o más de los beneficiarios[; a]cciones tomadas por los propios
beneficiarios de las medidas provisionales que reflejan un temor fundado de ser
nuevamente victimizados[; e]l nivel de esclarecimiento y desactivación de los factores
que dieron lugar al riesgo[, y la] situación de impunidad que existe en el caso
contencioso que dio lugar a las medidas en el presente caso”. Por otra parte, señalaron
que el “incremento de los diversos hechos y amenazas, […] denota […] una
subsistencia de riesgo para todos los grupos de las personas beneficiarias[.] No
considera[ron] que pueda acotarse a 20 el número de personas en riesgo sino que, por
el contrario, en tanto subsisten diversos factores como la impunidad de los hechos y
[…] la producción de diversos atentados que si bien vinculados en una persona o a
ciertas personas en particular, por sus características denotan un riesgo para el grupo
al que esa persona pertenece, [y tienen] la plena convicción de que los beneficiarios
pertenecientes a todos los grupos identificados […] se encuentran en riesgo”.
Finalmente, informaron que los siguientes beneficiarios ya no trabajan en la
organización Tlachinollan: Claudia Ordoñez Viquez, Isauro Romero Solano, Dionicio
Villano González, Jane Eva Jones, Laura Lizette Aragón Castro, Mario Patrón Sánchez,
Patricia Bordier Morteo, Prometeo Rodríguez Lucero, Teresa de la Cruz, Alejandra
Gonzáles Marín y Rommel Cain Chacan Pale.
18.
Respecto a la situación de riesgo de los beneficiarios, el Estado solicitó que se
realice una evaluación de las condiciones establecidas en la Convención Americana
para la prevalencia de las medidas respecto de todas y cada una de las personas
beneficiarias. En primer lugar, solicitó que “se evalué la vigencia de la situación de
gravedad y urgencia respecto de las 108 personas beneficiarias”. El Estado alegó que
las personas beneficiarias únicamente han manifestado en sus informes a la Corte
condiciones de riesgo para un núcleo que comprende a: a) Inés Fernández Ortega y su
núcleo familiar; b) Cuauhtémoc Ramírez y Obtilia Eugenio Manuel, dirigentes de la
OPIM y c) Abel Barerra Hernández, Director del Centro de Derechos Humanos
Tlachinollan y las personas directamente vinculadas con la defensa del caso de la
señora Fernández Ortega. En cuanto a los demás, el Estado afirmó que “no se