SUNAT) Vs. Perú6, Hernández Vs. Argentina7 y Comunidades Indígenas Miembros de la
Asociación Lhaka Honhat (Nuestra Tierra) Vs. Argentina8; así como en mis votos
concurrentes en los casos Gonzales Lluy y otros Vs. Ecuador9 y Poblete Vilches y otros
Vs. Chile10.
i)
La práctica de abordar las alegadas violaciones en un mismo punto
resolutivo y la justiciabilidad de los derechos económicos, sociales,
culturales y ambientales.
4.
En opiniones separadas anteriores he expresado detalladamente múltiples
argumentos que evidencian las contradicciones e inconsistencias lógicas y jurídicas de
las que adolece la teoría de la justiciabilidad directa y autónoma de los derechos
económicos, sociales, culturales y ambientales (en adelante “DESCA”) a través del
artículo 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante “la
Convención” o “la Convención Americana”). Efectivamente, esta posición asumida por la
mayoría de los jueces del Tribunal desde el caso Lagos del Campo Vs. Perú desconoce
las reglas de interpretación de la Convención de Viena sobre el Derecho de los
Tratados11, cambia la naturaleza de la obligación de progresividad 12, ignora la voluntad
de los Estados plasmada en el Protocolo de San Salvador 13 y mina la legitimidad del
Tribunal14; solo por mencionar algunos argumentos.
5.
En esta oportunidad no pretendo ahondar en el sentido antes señalado, sino
centrar la atención en una práctica, relacionada con esta postura jurídica, que se
evidencia al declarar las violaciones en los puntos resolutivos, así como al abordar las
alegaciones en un mismo capítulo.
Cfr. Caso Asociación Nacional de Cesantes y Jubilados de la Superintendencia Nacional de
Administración Tributaria (ANCEJUB-SUNAT) Vs. Perú. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y
Costas. Sentencia de 21 de noviembre de 2019. Serie C No. 394. Voto parcialmente disidente del Juez
Humberto Antonio Sierra Porto.
6
Cfr. Caso Hernández Vs. Argentina. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de
22 de noviembre de 2019. Serie C No. 395. Voto parcialmente disidente del Juez Humberto Antonio Sierra
Porto.
7
Cfr. Caso Comunidades Indígenas Miembros de la Asociación Lhaka Honhat (Nuestra Tierra) Vs.
Argentina. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 6 de febrero de 2020. Serie C No. 400. Voto
parcialmente disidente del Juez Humberto Antonio Sierra Porto.
8
Cfr. Caso Gonzales Lluy y otros Vs. Ecuador. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas.
Sentencia de 1 de septiembre de 2015. Serie C No. 298. Voto concurrente del Juez Humberto Antonio Sierra
Porto.
9
Cfr. Caso Poblete Vilches y otros Vs. Chile. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 8 de marzo de
2018. Serie C No. 349. Voto Concurrente del Juez Humberto Antonio Sierra Porto.
10
Cfr. Caso Muelle Flores Vs. Perú. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia
de 6 de marzo de 2019. Serie C No. 375. Voto parcialmente disidente del Juez Humberto Antonio Sierra Porto,
párr. 13.
11
Cfr. Caso Cuscul Pivaral y otros Vs. Guatemala. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas.
Sentencia de 23 de agosto de 2018. Serie C No. 359. Voto parcialmente disidente del Juez Humberto Antonio
Sierra Porto, párr. 10.
12
Cfr. Caso Poblete Vilches y otros Vs. Chile. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 8 de marzo de
2018. Serie C No. 349. Voto concurrente del Juez Humberto Antonio Sierra Porto, párr. 3.
13
Cfr. Caso Trabajadores Cesados de Petroperú y otros Vs. Perú. Excepciones Preliminares, Fondo,
Reparaciones y Costas. Sentencia de 23 de noviembre de 2017. Serie C No. 344. Voto parcialmente disidente
del Juez Humberto Antonio Sierra Porto, párr. 23.
14