43 155. El 26 de julio de 2013 la Fiscalía Especializada resolvió “ampliar [la] investigación en sede fiscal por el término de treinta días” y cumplir con varias diligencias, mismas cuya procedencia reiteró el 10 de septiembre de 2013 146. 156. El 16 de agosto de 2013 el señor Galindo presentó un oficio dirigido a la Fiscalía Especializada, en el cual formuló objeciones en cuanto a la manera en que se estaba llevando la investigación en sede interna 147. 157. El 26 de septiembre de 2013 la Fiscalía Especializadarecibió una “declaración fiscal” del señor Galindo 148. 158. El 4 de octubre de 2013 la Fiscalía Especializada informó a la Coordinación de la Fiscalía las actuaciones realizadas hasta ese momento 149. 159. El 26 de diciembre de 2013 el Archivo Registral Físico del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) informó a la Fiscal Provincial que la inscripción de la persona que en 1994 era Jefe Político Militar de Huánuco se encontraba cancelada por motivo de fallecimiento y también indicó los datos de inscripción de otra persona 150. 160. Los días 17 de febrero y 10 de marzo de 2014 151 se recibieron las declaraciones de dos personas. Una de ellas manifestó que al señor Galindo “lo conoció en el año 1994 en la ciudad de Huánuco, en circunstancias de haberse apersonado [el señor Galindo] a la Jefatura Contra Terrorismo de [esa ciudad], donde el declarante ejercía la jefatura”. Agregó que el declarante “particip[ó] en el trámite de [la] solicitud” de “acog[imiento] a la Ley de Arrepentimiento de[l señor] Galindo” y que “durante dicho trámite en ningún momento le […] mención[ó] que habría sido víctima de tortura psicológica […] y tampoco denotaban signos de tortura física ni mental”. La otra persona declaró que “conoc[ió al señor Galindo] en el Cuartel del Ejército de Huánuco, cuando fu[eron ambos] alojados [allí]”, y señaló, inter alia, que “durante el tiempo que permaneci[ó] en el Cuartel” junto con el señor Galindo, recibieron un “trato [que] era cordial, […] no [los] maltrataron físicamente, no hubo interrogatorios […]. La incertidumbre era una especie de tortura psicológica”.El 17 de abril de 2015 la segunda persona amplió su declaración, explicando, entre otras cosas, que 145 Informe No. 27-2013-REGPOLCEN/DIRTEPOL-HCO/DEPCOTE-PNP-HCO de 30 de junio de 2013, recibido el 9 de julio de 2013 (expediente de prueba, folios 2447 a 2452). 146 A saber, que “[s]e oficie” a la Comisión de la Verdad y Reconciliación” para que brinde información si la tuviere de la “identidad completa (nombres y apellidos completos) de los oficiales a cargo del Cuartel Militar de Huánuco (base Militar de Yanac) durante el año 1994, específicamente en el período del 16 de octubre hasta el 16 de noviembre de 1994”; que “[se] curse oficio” al [e]jército [p]eruano” para que presente la misma información, y que se “recab[e] en sede Fiscal la declaración [del señor] Galindo Cárdenas. (Resolución 01 - 2013 de 26 de julio de 2013 de la Fiscalía Especializada. Expediente de prueba, folios 2507 a 2509). La Resolución 04 - 2013 de 10 de septiembre de 2013 de la Fiscalía Especializada reiteró la procedencia de las mismas medidas (expediente de prueba, folio 2512). 147 El señor Galindo manifestó, inter alia, una queja respecto de que, en su apreciación, “ahora pretenda el Estado Peruano en sede interna revisar el veredicto de la C[omisión], y de esa manera convertirse en instancia revisora del sistema interamericano de derechos humanos, es decir cuestionar lo resuelto por el órgano supranacional” (Escrito Luis Antonio Galindo Cárdenas de 2 de agosto de 2013 dirigido a la Fiscalía Especializada, recibido el 16 de agosto de 2013. Expediente de prueba, folios 2498 a 2500). 148 Declaración Fiscal de Luis Antonio Galindo Cárdenas de 26 de septiembre de 2013 (expediente de prueba, folios 2528 a 2532). 149 Informe No. 006-2013-FECTYLH-MP-HUÁNUCO de 4 de octubre de 2013 (expediente ante la Comisión, folios 1648 a 1650). 150 Oficio No. 011719-2013/GRI/SGARF/RENIEC de 2 de diciembre de 2013, recibido el 26 de diciembre de 2013 (expediente de fondo, folio 421). 151 Declaraciones Fiscales de 17 de febrero y 10 de marzo de 2014 (expediente de fondo, folios 423 a 425 y 427 a 429, respectivamente).

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