6. Escrito de solicitudes, argumentos y pruebas. – El 29 de enero de 2020 el representante del señor Díaz Alvarado y la señora Rodríguez Ricse presentó dos escritos de solicitudes, argumentos y pruebas (en adelante “escrito de solicitudes y argumentos”), uno para cada presunta víctima y solicitó algunas medidas de reparación. El 30 de enero de 2020 los representantes del señor Valenzuela Cerna y el 13 de febrero de 2020 los representantes del señor Cuya Lavy presentaron, respectivamente, el escrito de solicitudes y argumentos, conforme a los artículos 25 y 40 del Reglamento de la Corte. Los representantes de los señores Cuya y Valenzuela coincidieron con las alegadas violaciones de los artículos de la Convención señaladas por la Comisión en el Informe de Fondo. En sus escritos solicitaron a la Corte que ordenara al Estado la adopción de diversas medidas de reparación y el reintegro de costas y gastos. Asimismo, los señores Cuya Lavy y Valenzuela Cerna solicitaron, a través de sus representantes, acogerse al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas de la Corte Interamericana (en adelante “Fondo de Asistencia de la Corte” o el “Fondo”). 7. Escrito de contestación. – El 20 de agosto de 2020 el Estado6 presentó su escrito de interposición de excepciones preliminares, de contestación al sometimiento del caso y a los escritos de solicitudes y argumentos 7 (en adelante “escrito de contestación”). El Estado presentó cinco excepciones preliminares y realizó dos cuestionamientos preliminares. 8. Observaciones a las excepciones preliminares. – El 13 de octubre de 2020 los representantes del señor Cuya Lavy, el 15 de octubre de 2020 los representantes del señor Valenzuela Cerna y el 16 de octubre de 2020 la Comisión remitieron, respectivamente, sus observaciones a las excepciones preliminares y solicitaron que fueran rechazadas. Los representantes del señor Cuya presentaron cuatro anexos, que según señalaron ya constaban en el expediente. El representante del señor Díaz Alvarado y la señora Rodríguez Ricse no presentó observaciones. 9. Fondo de Asistencia Legal de Víctimas. – El 4 de noviembre de 2020 se comunicó a las partes y a la Comisión que resultaba procedente la solicitud de las presuntas víctimas señores Cuya Lavy y Valenzuela Cerna, presentada a través de sus defensores interamericanos en el escrito de solicitudes y argumentos, para acogerse al Fondo. 10. Audiencia Pública. – Mediante Resolución de la Presidenta de la Corte de 28 de enero de 20218, se convocó a las partes y a la Comisión Interamericana a una audiencia pública para recibir sus alegatos finales y observaciones finales orales sobre las excepciones preliminares, y eventuales fondo, reparaciones y costas, así como para recibir la declaración de dos presuntas víctimas y una perita. Asimismo, se ordenó la presentación de las declaraciones mediante affidávit Mediante comunicación de 18 de diciembre de 2019 el Estado designó a Carlos Miguel Reaño Balarezo como Agente Titular y a Carlos Llaja Villena y Silvana Lucía Gómez Salazar como agentes alternas. El 3 de diciembre de 2020 el Estado informó el término de la designación de la señora Silvana Lucía Gómez Salazar. 7 El Estado solicitó un mes adicional para presentar la contestación por considerar entre otros la pluralidad de presuntas víctimas, de representantes y cuatro escritos de solicitudes y argumentos. El 12 de marzo de 2020 se autorizó la extensión de un mes en el plazo previsto en el artículo 41.1 del Reglamento, por lo que contaba con el plazo de tres meses para presentar su contestación. Además, cabe señalar que debido a las circunstancias excepcionales ocasionadas por la pandemia Covid-19, la Corte emitió dos comunicados, Comunicado Corte IDH CP-18/2020 y Comunicado Corte IDH CP-28/2020 en los cuales se informó que la Corte decidió suspender el computo de plazos que estaban en curso, que comprendía los casos de fondo (Acuerdos de Corte de 1/20 de 17 de marzo y 2/20 16 de abril de 2020). El Comunicado Corte IDH CP-18/2020 informó sobre la suspensión a partir del 17 de marzo hasta el 21 de abril inclusive y el Comunicado Corte IDH CP-28/2020 informó sobre la suspensión a partir de 22 de abril hasta el 20 de mayo inclusive. Finalmente, mediante el Comunicado Corte IDH CP-37/2020 la Corte comunicó que se reanudaba la contabilización del cómputo de plazo a partir del 21 de mayo de 2020 comprendiendo la etapa de fondo. 8 Cfr. Caso Cuya Lavy y otros Vs. Perú. Convocatoria a audiencia. Resolución del Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 28 de enero de 2021. Disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/asuntos/cuya_lavy_y_otros_28_01_21.pdf 6 6

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