6
4. Escrito de solicitudes y argumentos.- El 6 de abril de 2015 el representante presentó
el escrito de solicitudes, argumentos y pruebas (en adelante “escrito de solicitudes y
argumentos”), conforme a los artículos 25 y 40 del Reglamento de la Corte. En dicho
escrito coincidió con los alegatos de la Comisión, aunque a diferencia de ésta, no solicitó
que se declarara violado el artículo 2 de la Convención Americana.
5. Escrito de contestación.- El 26 de junio de 2015 el Estado presentó el escrito de
interposición de excepciones preliminares, contestación al sometimiento del caso y
observaciones al escrito de solicitudes, argumentos y pruebas (en adelante “contestación”
o “escrito de contestación”). El Estado interpuso dos excepciones preliminares y se opuso
a las violaciones alegadas4.
6. Observaciones a las excepciones preliminares.- El 19 de agosto de 2015 el
representante y la Comisión remitieron sus observaciones a las excepciones preliminares
y solicitaron su rechazo.
7. Convocatoria a audiencia.- El 10 de diciembre de 2015 el Presidente de la Corte dictó
una Resolución5 en la que convocó a las partes y a la Comisión Interamericana a una
audiencia pública sobre las excepciones preliminares y eventuales fondo, reparaciones y
costas, para escuchar los alegatos y observaciones finales orales de las partes y de la
Comisión, respectivamente. Asimismo, ordenó la recepción de la declaración de una
presunta víctima, el señor Revelles, y de un perito propuesto por la Comisión. El 15 de
diciembre de 2015 la Comisión solicitó la sustitución de la declaración en audiencia
pública del perito por declaración ante fedatario público, la cual fue autorizada por el
Presidente de la Corte el 17 de diciembre de 2015.
8. Audiencia pública.- La audiencia pública se celebró el 22 de febrero de 2016, durante
el 113 Período Ordinario de Sesiones, en la sede de la Corte en San José, Costa Rica 6. Se
recibió la declaración del señor Revelles y se presentaron los alegatos y observaciones
finales orales de las partes y de la Comisión, respectivamente.
9. Alegatos y observaciones finales escritos.- El 22 de marzo de 2016 el Estado
presentó sus alegatos finales escritos. El 23 de marzo de 2016 el representante y la
Comisión presentaron sus alegatos y observaciones finales escritos, respectivamente.
Tanto el Estado como el representante presentaron varios anexos y el 28 de marzo de
2016 se concedió plazo a las partes y a la Comisión, respectivamente, para que
presentaran sus observaciones a dicha documentación. El 4 de abril de 2016 el
representante y el 12 de abril de 2016 el Estado y la Comisión presentaron las
respectivas observaciones.
10. Prueba para mejor resolver.- El 4 de mayo de 2016 se solicitó como prueba para
mejor resolver al Estado ciertos documentos y normativa. Los días 13 y 25 de mayo de
2016, luego de otorgado un plazo adicional, el Estado presentó la referida
documentación. Los días 27 y 30 de mayo de 2016 la Comisión y el representante
4
El Estado el 2 de marzo de 2015 designó como agente principal al señor Erick Roberts Garcés, Director
Nacional de Derechos Humanos de la Procuraduría General del Estado, y como agentes alternos al señor Carlos
Espín Arias y a la señora Ana María Villena Sierra. Posteriormente, el 16 de junio de 2015 el Estado designó
como nuevo agente al señor Ricardo Velasco.
5
Cfr. Caso Herrera Espinoza y otros vs. Ecuador. Resolución del Presidente de la Corte de 10 de
diciembre de 2015.
6
A esta audiencia pública comparecieron: a) por la Comisión Interamericana: Enrique Gil Botero,
Comisionado, y Silvia Serrano Guzmán y Jorge H. Meza Flores, asesores; b) por las presuntas víctimas: César
Duque, de CEDHU, y c) por el Estado: Ricardo Velasco, Agente, y Carlos Espín Arias y Juan Carlos Álvarez,
agentes alternos.