Según la información recibida, no habrían mecanismos de supervisión de las condiciones laborales de los buzos miskitos. Por otro lado, habría poca presencia del Estado con el fin de ofrecer la protección y las garantías judiciales a los buzos de la zona. El Estado manifestó que ahondaría en el tema para buscar una solución27. 39. En cuanto a los recursos a disposición de los buzos miskitos, el trámite para requerir la indemnización por accidentes de trabajo es el siguiente: i) presentación del reclamo laboral en la oficina de la Secretaría de Trabajo de La Ceiba o Tegucigalpa; ii) citación al patrono para que acepte o no el hecho; iii) dictamen médico de incapacidad temporal y para indemnización; iv) cálculo de derechos laborales de la Secretaría de Trabajo basado en los datos presentados por el trabajador; v) notificación al patrono; y vi) presentación de demanda laboral. La mayoría de las indemnizaciones pagadas a los buzos miskitos han sido acordadas sin haberse elaborado el cálculo correspondiente a cada caso, ya que los reclamantes debían ser evaluados por médicos especializados del Ministerio de Trabajo28. C. Sobre la situación de las víctimas 40. La Corte recuerda que el presente caso se refiere a 42 víctimas pertenecientes al pueblo indígena Miskito que habitan en el departamento de Gracias a Dios y sus familiares, las cuales están divididas en cuatro grupos29: a) 34 buzos sufrieron accidentes debido a las sumersiones profundas que realizaron y que les generaron el síndrome de descompresión u otras enfermedades relacionadas con su actividad de buceo 30, 12 de los cuales fallecieron como consecuencia de dichos accidentes31; b) 7 buzos miskitos que fallecieron a causa del incendio de la embarcación “Lancaster” en que viajaban, provocada por la explosión de un tanque de butano32; c) el niño Licar Méndez Gutiérrez, quien fue abandonado en un cayuco por el dueño de la embarcación, y de quien no se conoce su paradero, y d) sus familiares. Por otro lado, en relación con las reclamaciones por vía administrativa o judicial intentadas por las presuntas víctimas, la Corte constata lo siguiente: a) 11 buzos obtuvieron una respuesta administrativa por parte de la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Dirección General de Previsión Social o la Oficina de Higiene y Seguridad Ocupacional33 y, b) 3 buzos obtuvieron Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Honduras, 31 de diciembre de 2015, párrs. 427 a 435. 27 Cfr. Informe de AMHBLI. Análisis de la Situación de los Buzos Lisiados de la Zona Miskita (expediente de fondo, folio 31). 28 Para las descripciones respecto de los hechos relacionados con cada una de las víctimas, ver anexo 2 a la presente Sentencia. 29 Opario Lemoth Morris, Saipón Richard Toledo, Eran Herrera Palisto, Bernardo Blakaus Emos, Alí Herrera Ayanco, Mármol Williams García, José Martínez López, Ramón Allen Felman, Alfredo Francisco Brown, Próspero Bendles Márcelino, Roger Gómez Alfred, Timoteo Salazar Zelaya, Timoteo Lemus Pisatty, Onasis Cooper, Flaviano Martínez López, Carcoth Padmoe Millar, Amistero Bans Valeriano, Rolando Moníco Thomas, Ralph Valderramos Álvarez, Ex Dereck Claro, Leonel Saty Méndez, David Esteban Bradley, Evecleto Londres Yumida, Arpin Robles Tayaton, Daniel Flores Reyes, Fredy Federico Salazar, Cooper Crescenclo Jems, Félix Osario Presby, Efraín Rosales Kirington, Melesio Pamistan Maick, Wllly Gómez Pastor, Roberto Flores Esteban, Daniel Dereck Thomas y Carlos Castellón Cárdenas. 30 Opario Lemoth Morris, Saipon Richard Toledo, Eran Herrera Paulisto, Bernardo Blakaus Emos, Ali Herrera Ayanco, Mármol Williams García, José Martínez López, Ramón Allen Felman, Alfredo Francisco Brown, Próspero Bendles Marcelino, Roger Gómez Alfred y Timoteo Salazar Zelaya. 31 Hildo Ambrosio Trino, Andrés Miranda Clemente, Lorenzo Leman Bonaparte, Bernardo Julián Trino, José TrinoPérez Nacril, Rómulo Flores Henriquez y Amilton Bonaparte Clemente. 32 Flaviano Martínez López, Carcoth Padmoe Miller, Amistero Bans Valeriana, Rolando Mónica Thomas, Ex DereckClaro, Onasis Cooper Brown, Saipón Richard Toledo, Melesio Pamistan Maick, Willy Gómez Pastor, Próspero Bendles Marcelino y Carlos Castellón Cárdenas. 33 14

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