Según la información recibida, no habrían mecanismos de supervisión de las condiciones
laborales de los buzos miskitos. Por otro lado, habría poca presencia del Estado con el
fin de ofrecer la protección y las garantías judiciales a los buzos de la zona. El Estado
manifestó que ahondaría en el tema para buscar una solución27.
39.
En cuanto a los recursos a disposición de los buzos miskitos, el trámite para requerir
la indemnización por accidentes de trabajo es el siguiente: i) presentación del reclamo laboral
en la oficina de la Secretaría de Trabajo de La Ceiba o Tegucigalpa; ii) citación al patrono para
que acepte o no el hecho; iii) dictamen médico de incapacidad temporal y para indemnización;
iv) cálculo de derechos laborales de la Secretaría de Trabajo basado en los datos presentados
por el trabajador; v) notificación al patrono; y vi) presentación de demanda laboral. La
mayoría de las indemnizaciones pagadas a los buzos miskitos han sido acordadas sin haberse
elaborado el cálculo correspondiente a cada caso, ya que los reclamantes debían ser
evaluados por médicos especializados del Ministerio de Trabajo28.
C.
Sobre la situación de las víctimas
40.
La Corte recuerda que el presente caso se refiere a 42 víctimas pertenecientes al
pueblo indígena Miskito que habitan en el departamento de Gracias a Dios y sus familiares,
las cuales están divididas en cuatro grupos29: a) 34 buzos sufrieron accidentes debido a las
sumersiones profundas que realizaron y que les generaron el síndrome de descompresión u
otras enfermedades relacionadas con su actividad de buceo 30, 12 de los cuales fallecieron
como consecuencia de dichos accidentes31; b) 7 buzos miskitos que fallecieron a causa del
incendio de la embarcación “Lancaster” en que viajaban, provocada por la explosión de un
tanque de butano32; c) el niño Licar Méndez Gutiérrez, quien fue abandonado en un cayuco
por el dueño de la embarcación, y de quien no se conoce su paradero, y d) sus familiares. Por
otro lado, en relación con las reclamaciones por vía administrativa o judicial intentadas por
las presuntas víctimas, la Corte constata lo siguiente: a) 11 buzos obtuvieron una respuesta
administrativa por parte de la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, Dirección General de
Previsión Social o la Oficina de Higiene y Seguridad Ocupacional33 y, b) 3 buzos obtuvieron
Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en
Honduras, 31 de diciembre de 2015, párrs. 427 a 435.
27
Cfr. Informe de AMHBLI. Análisis de la Situación de los Buzos Lisiados de la Zona Miskita (expediente de fondo,
folio 31).
28
Para las descripciones respecto de los hechos relacionados con cada una de las víctimas, ver anexo 2 a la presente
Sentencia.
29
Opario Lemoth Morris, Saipón Richard Toledo, Eran Herrera Palisto, Bernardo Blakaus Emos, Alí Herrera Ayanco,
Mármol Williams García, José Martínez López, Ramón Allen Felman, Alfredo Francisco Brown, Próspero Bendles
Márcelino, Roger Gómez Alfred, Timoteo Salazar Zelaya, Timoteo Lemus Pisatty, Onasis Cooper, Flaviano Martínez
López, Carcoth Padmoe Millar, Amistero Bans Valeriano, Rolando Moníco Thomas, Ralph Valderramos Álvarez, Ex
Dereck Claro, Leonel Saty Méndez, David Esteban Bradley, Evecleto Londres Yumida, Arpin Robles Tayaton, Daniel
Flores Reyes, Fredy Federico Salazar, Cooper Crescenclo Jems, Félix Osario Presby, Efraín Rosales Kirington, Melesio
Pamistan Maick, Wllly Gómez Pastor, Roberto Flores Esteban, Daniel Dereck Thomas y Carlos Castellón Cárdenas.
30
Opario Lemoth Morris, Saipon Richard Toledo, Eran Herrera Paulisto, Bernardo Blakaus Emos, Ali Herrera Ayanco,
Mármol Williams García, José Martínez López, Ramón Allen Felman, Alfredo Francisco Brown, Próspero Bendles
Marcelino, Roger Gómez Alfred y Timoteo Salazar Zelaya.
31
Hildo Ambrosio Trino, Andrés Miranda Clemente, Lorenzo Leman Bonaparte, Bernardo Julián Trino, José TrinoPérez
Nacril, Rómulo Flores Henriquez y Amilton Bonaparte Clemente.
32
Flaviano Martínez López, Carcoth Padmoe Miller, Amistero Bans Valeriana, Rolando Mónica Thomas, Ex DereckClaro,
Onasis Cooper Brown, Saipón Richard Toledo, Melesio Pamistan Maick, Willy Gómez Pastor, Próspero Bendles
Marcelino y Carlos Castellón Cárdenas.
33
14