122 por cinco votos a favor y uno en contra, que: 11. El Estado debe iniciar, de manera sistemática, rigurosa y seria, con los recursos humanos y económicos adecuados, las acciones que resulten necesarias tanto para la exhumación como la identificación de los restos humanos localizados en la mina “Misteriosa”, o “Vallarón”, sitio que deberá proteger para su preservación, en los términos de los párrafos 294 a 299 de esta Sentencia. Disiente el Juez Vio Grossi. por cinco votos a favor y uno en contra, que: 12. El Estado debe entregar a los señores Zenón Cirilo Osnayo Tunque y Marcelo Hilario Quispe, en el plazo de un año, contado a partir de la notificación de esta Sentencia, la cantidad de diez alpacas a cada uno, o su valor equivalente en el mercado. Además, el Estado debe, a través de sus programas habitacionales existentes, proveer a cada uno de una vivienda adecuada, dentro del plazo de un año. Si concluido este plazo el Estado no ha entregado las viviendas referidas, el Perú deberá proporcionar, en equidad, un monto de USD $25,000.00 (veinticinco mil dólares de los Estados Unidos de América) a cada uno de ellos. Esta medida de reparación debe ser implementada con la participación de las víctimas y de común acuerdo con estas. Todo ello, en los términos de los párrafos 302 a 304 de esta Sentencia. Disiente el Juez Vio Grossi. por cinco votos a favor y uno en contra, que: 13. El Estado debe brindar gratuitamente, a través de sus instituciones de salud especializadas, y de forma inmediata, adecuada, integral y efectiva, tratamiento médico y psicológico o psiquiátrico, a las víctimas que así lo soliciten, previo consentimiento informado, incluyendo el suministro gratuito de los medicamentos que eventualmente se requieran, tomando en consideración los padecimientos de cada uno de ellos, en los términos de los párrafos 307 a 308 de esta Sentencia. Disiente el Juez Vio Grossi. por cinco votos a favor y uno en contra, que: 14. El Estado debe realizar, en el plazo de seis meses contado a partir de la notificación de la presente Sentencia, las publicaciones indicadas en el párrafo 309 de la misma, en los términos dispuestos en dicho párrafo. Disiente el Juez Vio Grossi. por cinco votos a favor y uno en contra, que: 15. El Estado debe pagar, dentro del plazo de un año a partir de la notificación de esta Sentencia, las cantidades fijadas por concepto de indemnizaciones por daños materiales e inmateriales, así como el reintegro de cosas y gastos, en los términos de los párrafos 333 a 344, 347 a 350, y 357 a 362 de esta Sentencia. Disiente el Juez Vio Grossi.

Select target paragraph3

Connect to a paragraph
Connect to an entity
Disable highlights
Add to table of contents