2
3.
El escrito de 6 de octubre de 2009, mediante el cual la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana” o “la Comisión”) informó,
inter alia, sobre la muerte, el 28 de septiembre de 2009, del señor S. J., familiar de una de
las beneficiarias, quien habría indicado antes de morir “que los hombres que lo golpearon le
reclamaron por haber buscado ayuda […] en el caso de la violación sexual” de su pariente.
Sin embargo, no se solicitó en base a este hecho la ampliación de las medidas a otros
miembros de la familia.
4.
La comunicación de 16 de octubre de 2009, mediante la cual la Secretaría de la
Corte (en adelante “la Secretaría”), siguiendo instrucciones de la entonces Presidenta del
Tribunal, recordó al Estado que el 14 de octubre de 2009 venció el plazo para presentar su
informe, sin que el mismo hubiera sido recibido en la Secretaría del Tribunal y solicitó su
remisión a la mayor brevedad.
5.
El escrito de 28 de octubre de 2009, mediante el cual la Comisión Interamericana: i)
individualizó a los familiares de primer grado de los representantes que “viven bajo el
mismo techo”, respecto de los cuales solicitó la ampliación de medidas provisionales (supra
Visto 2), indicando que la violencia se ha venido extendiendo contra personas que “aunque
no estuvieron vinculadas directamente con el asunto, tienen alguna relación con los
beneficiarios”; ii) informó que “una persona relacionada con [la organización Action
Citoyenne pour le Respect des Droits Humains (en adelante “ACREDH”)] que no había
tenido participación en el [presente] asunto fue agredida en […] septiembre de 2009,
aparentemente por personas vinculadas con la policía”; iii) recordó lo informado sobre la
muerte del señor S. J., familiar de una de las beneficiarias. La Comisión consideró que
correspondía mantener la ampliación dictada provisionalmente respecto de los familiares de
los representantes mencionados.
6.
El escrito de 19 de noviembre de 2009, mediante el cual la República de Haití (en
adelante “el Estado” o “Haití) informó que el Ministro de Justicia y Seguridad Pública giró
instrucciones al Comisario de Gobierno cercano al Tribunal de Primera Instancia de PetitGoâve para realizar una investigación sobre los hechos expuestos. Asimismo indicó que
dicho Comisario “entrar[ía] en contacto” con los beneficiarios para determinar
conjuntamente las medidas apropiadas.
7.
El escrito de 26 de noviembre de 2009, mediante el cual los representantes
comunicaron que aún no habían sido contactados por las autoridades como había sido
indicado por el Estado.
8.
El escrito de 6 de enero de 2010, mediante el cual la Comisión Interamericana tomó
nota de lo indicado por el Estado (supra Visto 6), y señaló que esperaba que el Estado en su
próximo informe remitiera información más detallada sobre las medidas ordenadas.
Asimismo, señaló que Rodeline Joseph, familiar de uno de los beneficiarios (supra Visto 5),
“fue víctima de un ataque por parte de un grupo de hombres […] mientras visitaba a su
suegra en Petit-Goâve” el 26 de diciembre de 2010. Finalmente, la Comisión indicó que ha
tenido dificultades en lograr un diálogo fluido y constante con los beneficiarios y sus
representantes.