RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS ∗ 14 DE MAYO DE 2014 CASO MACK CHANG Y OTROS Vs. GUATEMALA MEDIDAS PROVISIONALES VISTO: 1. Las Resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte”, “la Corte Interamericana” o “el Tribunal”) de 26 de agosto de 2002, 21 de febrero y 6 de junio de 2003, 26 de enero y 16 de noviembre de 2009. 2. Los escritos de la República de Guatemala (en adelante “el Estado” o “Guatemala”) presentados el 10 de marzo, 29 de marzo, 23 de abril, 8 de julio, 9 de septiembre, 5 de noviembre y 16 de diciembre de 2010; 24 de marzo, 16 de mayo, 15 de julio y 8 de noviembre de 2011; 14 de mayo, 20 de julio y 25 de octubre de 2012; 7 de enero, 15 de abril, 25 de octubre y 8 de noviembre de 2013 y 7 de abril de 2014, mediante los cuales el Estado informó sobre la implementación de las medidas provisionales. 3. Los escritos de 4 de junio y 13 de octubre de 2010; 11 y 31 de mayo, 10 de agosto y 29 de noviembre de 2011; 11 de junio, 24 de agosto y 14 de febrero de 2012; 13 de mayo, 9 de diciembre de 2013 y 7 de mayo de 2014, mediante los cuales la representante de los beneficiarios 1 (en adelante “la representante”) se refirió a la implementación de las medidas provisionales y a la situación de los beneficiarios de las mismas. 4. Los escritos de 26 de julio y 15 de noviembre de 2010; 31 de enero, 26 de mayo, 24 de junio, 31 de agosto, 21 de diciembre de 2011; 3 de julio y 26 de septiembre de 2012, y 6 de junio de 2013, y 16 de enero de 2014, mediante los cuales la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante también “la Comisión”) se refirió a la implementación de las medidas provisionales y a la situación de los beneficiarios de las mismas. A la fecha de la presente Resolución la Comisión cuenta con plazo para presentar sus observaciones al informe estatal de 7 de abril de 2014. 5. Las comunicaciones de la Secretaría de la Corte (en adelante la “Secretaría”) de 25 de febrero de 2010; 16 de marzo, 10 de mayo, 20 de julio, 27 de septiembre y 6 de noviembre de 2012; 13 de marzo, 28 de junio, 12 de septiembre y 25 de octubre de ∗ El Juez de Vio Grossi por motivos de fuerza mayor no participó en la deliberación, decisión y firma de la presente Resolución. 1 Mediante escrito de 14 de mayo de 2012 el Estado señaló que “[e]l 27 de marzo de 2012 en COPREDEH se apersonó con la beneficiaria Helen Mack Chang, quien expresó que ella sería la representante y contacto con los demás beneficiarios”.

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