8 completa de dos periódicos, bajo el titulo “Traicionar la Paz y dividir a Guatemala” 15, y que en dicha publicación la Fundación Myrna Mack aparece dentro de un listado de entidades a las que se tilda de “cajas de resonancia del circo judicial”. Señaló que dichas publicaciones “alcanzaron su cenit” con un documento electrónico denominado “rostros de la infamia”, en el que aparece el rostro de Helen Mack junto a las fotografías de los jueces que han tenido a cargo el juicio por delito de genocidio y delitos contra deberes de la humanidad, defensores y defensoras de derechos humanos, embajadores y hasta comisionados de Naciones Unidas; d) en sus observaciones 16 indicó que en Guatemala existe actualmente un contexto de riesgo para defensores y defensoras de derechos humanos que se ha reflejado en 18 asesinatos en el 2013, lo que implicó un incremento de 38% en comparación al año anterior, así como en discursos de desprestigio a su labor. Además señaló que tal contexto se incrementa en su contra tomando en cuenta el trabajo que realiza su organización y la postura asumida por COPREDEH 17; e) señaló que el Estado “no ha podido sustentar de manera coherente y fundamentada la supuesta pretensión de desnaturalizar las medidas provisionales por parte de la Comisión y los beneficiarios”. Agregó que “es imperativo para la seguridad de los beneficiarios que la medida decretada […] continúe vigente”, ya que “la misma aún tiene objeto y fin, además de las circunstancias que le dieron origen y razón de ser, aún no se han dirimido completamente, con lo que persiste la posibilidad de que se lesionen los derechos de los beneficiarios, en caso fuera revocada en el contexto social que atraviesa Guatemala”, y f) finalmente, consideró que las medidas decretadas no han perdido materia, por lo que solicitó a la Corte que mantenga las medidas provisionales a favor de Helen Mack Chang, sus familiares y el personal de la Fundación. 15. La Comisión presentó, en las fechas que se indican, las siguientes observaciones: a) el 3 de julio de 2012, señaló que el factor de riesgo para los beneficiarios no es el simple hecho que la investigación se encuentre abierta, sino que una de las personas condenadas como autora intelectual de los hechos se encuentre prófuga de la justicia, lo cual sitúa a los beneficiarios en una situación de riesgo de ser afectados en cualquier momento. Asimismo resulta claro para la Comisión que el Estado no ha adoptado las medidas suficientes para avanzar en la investigación, ni para capturar al señor Valencia Osorio, lo que denota que la situación continúe siendo de extrema gravedad y urgencia; 15 La representante indicó que las publicaciones se dieron en “el Periódico” el 21 de abril de 2013. En la publicación la Fundación contra el Terrorismo hizo “aseveraciones pretenciosas, en contra de personas e instituciones que promueven y defienden los derechos humanos”. 16 Cfr. observaciones de la representante de 9 de diciembre de 2013 (supra Visto3). 17 Según la representante la COPREDEH ha asumido una postura de resistencia hacia la competencia de la Corte, llegando a expresar la ausencia de cumplimiento de la sentencia del caso Gudiel Álvarez, caso en el que tanto la Fundación como Helen Mack están en peligro. Además, agregó que dicha postura es muestra del doble discurso estatal, que frente a la comunidad internacional afirma su apuesta por los derechos humanos, mientras a nivel interno está inmerso en una actitud represiva.

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