Sánchez, Chitay Nech y otros, Masacres de Río Negro y Gudiel Álvarez y otros (“Diario Militar”). POR TANTO: LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, en uso de las atribuciones que le confieren los artículos 63.2 y 68 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y 27, 31 y 69 del Reglamento del Tribunal, RESUELVE: 1. Ratificar la Resolución del Presidente de adopción de Medidas Urgentes de 11 de julio de 2022. 2. Requerir al Estado de Guatemala que, para garantizar el derecho de acceso a la justicia de las víctimas de los casos Bámaca Velásquez, Maritza Urrutia, Masacre Plan de Sánchez, Chitay Nech y otros, Masacres de Río Negro, y Gudiel Álvarez y otros ("Diario Militar"), continúe adoptando todas las medidas adecuadas para proteger eficazmente los derechos a la vida e integridad personal de la señora Elena Gregoria Sut Ren, fiscal titular de la Fiscalía de Derechos Humanos de Guatemala, así como su núcleo familiar, y que adopte las medidas necesarias para garantizar la independencia en el ejercicio del cargo de la fiscal Sut Ren. Se requiere al Estado que también adopte las medidas necesarias para abordar el patrón de causas generadoras del aumento del riesgo de la fiscal Sut Ren, de acuerdo con lo indicado en la parte considerativa de esta Resolución. 3. Requerir al Estado que mantenga las medidas y esquema de seguridad asignado a la señora Elena Gregoria Sut Ren, fiscal titular de la Fiscalía de Derechos Humanos de Guatemala, así como su núcleo familiar, y que los continúe adoptando en común acuerdo y en coordinación con la beneficiaria y sus representantes. 4. Requerir al Estado que, a más tardar el 8 de febrero 2023, presente a la Corte Interamericana un informe sobre el cumplimiento de lo dispuesto en los puntos resolutivos 2 y 3 de esta Resolución, luego de lo cual deberá continuar informando a la Corte cada tres meses, contados a partir de la remisión de su último informe. 5. Requerir a los representantes de las víctimas que presenten sus observaciones dentro de un plazo de cuatro semanas contadas a partir de la notificación de los informes del Estado, así como a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que presente sus observaciones a dichos informes del Estado dentro de un plazo de dos semanas contadas a partir de la recepción de las observaciones de los representantes. 6. Disponer que la Secretaría de la Corte notifique la presente Resolución al Estado de Guatemala, a los representantes de las víctimas y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. 17

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