casos, ya que en ellos se encuentra en supervisión el cumplimiento de la obligación de investigar. Solicitaron a la Corte que ordene al Estado adoptar las siguientes medidas: 1. Que se establezca un esquema de seguridad, en coordinación con la propuesta beneficiaria, que sea adecuado para responder a la gravedad de los hechos expuestos y al rol que la fiscal continuará teniendo en los procesos internos de este caso. 2. Que se establezca un esquema de seguridad para la protección de la familia de la fiscal Sut. 3. Que se investiguen adecuadamente los hechos que fundamentan la presente solicitud, así como cualquier otro posible hecho que pueda constituir una amenaza a la vida e integridad de la [propuesta] beneficiaria. 4. Que cese cualquier posibilidad de criminalización u hostigamiento de la fiscal Sut por el ejercicio de su rol en el contexto de este caso. 5. Que se garantice el ejercicio de la independencia judicial que le asiste a la fiscal Sut, actividad jurisdiccional que debe desarrollar libre de cualquier amenaza, hostigamiento o intimidación. 6. Recuerde al Estado sus obligaciones internacionales en la investigación, procesamiento y eventual sanción de los responsables de los hechos violatorios de los derechos humanos de los casos de […] referencia. 7. Se garantice la estabilidad en el cargo de la fiscal Sut y se le mantenga al frente de las investigaciones que hoy adelanta. 8. Que todas las medidas adoptadas en el marco de estas medidas provisionales sean previamente acordadas con la [propuesta] beneficiaria y sus representantes. 6. Alegaron que en Guatemala existe un “contexto de riesgo constante para los operadores de justicia, incluyendo fiscales, […] que ven amenazadas sus vidas, se ven expuestos a procesos de criminalización y en algunos casos se han visto obligados a salir del país por el solo hecho de cumplir con sus funciones”. Además, “existe una práctica de trasladar [a otras fiscalías] a los fiscales a cargo de investigaciones relevantes, con el fin de debilitarlas”, y en algunos casos “destitu[irlos]” para “evitar que continúen conociendo de los casos emblemáticos a su cargo”. Asimismo, fundamentaron tales solicitudes en los siguientes alegados hechos de riesgo sufridos por la fiscal Sut Ren: a) Fue objeto de actos de criminalización, amenazas, vigilancia y seguimientos entre 2016 y 2021. En el 2016 el Departamento de Seguridad del Ministerio Público le asignó un esquema de seguridad, el cual fue retirado en el 2017 bajo el argumento de que el caso CREOMPAZ “no tenía tanto movimiento procesal ni tenía audiencias programadas”. b) En el marco de las investigaciones penales, se desprendió información que relaciona a los casos Plan de Sánchez y Diario Militar con “la Antigua Zona Militar No. 21, actualmente llamada CREOMPAZ”, o campamento del municipio de Cobán. Alegaron que en ese lugar “se identificaron por lo menos 500 osamentas” y existirían “fuertes indicios de que las personas desaparecidas se encuentran en [estos] cementerios clandestinos”. Durante el período de las audiencias de etapa intermedia del caso Diario Militar, en abril y mayo de 2022, la fiscal Sut fue víctima de múltiples “seguimientos” en las cercanías de su domicilio y de su trabajo por vehículos y hombres, así como también recibió “amenazas”. c) Uno de los sindicados en el caso Bámaca Velásquez presentó una denuncia penal el 7 de febrero de 2022 en contra de la fiscal Sut y solicitó su apartamiento de la investigación, a raíz de que el Ministerio Público habría actualizado información en la investigación de dicho caso. d) El 8 de junio de 2022 la Oficina Nacional de Prevención de la Tortura presentó una denuncia penal en contra de la fiscal Sut Ren y la ex Fiscal General Claudia Paz y Paz, en la cual se argumentó una supuesta “persecución penal específica y selectiva” en contra de ocho sindicados contra quienes se presentó acusación el 15 de abril de 2016 dentro del expediente penal de la Masacre Plan de Sánchez 4

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