51.
El 20 de octubre de 1999 el Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal emitió una
resolución decretando en firme la sentencia absolutoria al haberse vencido el plazo de presentación de
apelación61.
C.
Sobre la solicitud de indemnización
52.
El 24 de mayo de 2001 Fernando González, Maria Angélica González, Wilmer Barliza y Belkis
González presentaron una solicitud de indemnización ante el Tribunal de Juicio No. 2 alegando la arbitraria
privación de libertad que sufrieron durante el proceso penal seguido en su contra62.
53.
El 24 de agosto de 2001 el Tribunal emitió una resolución en favor de las presuntas víctimas
disponiendo que la Fiscalía General de la Nación debía pagar una suma de dinero cuyo cálculo se realizó
tomando en cuenta los días de privación de libertad63.
54.
El 29 de octubre de 2001 la Fiscalía General de la Nación apeló alegando que el Tribunal tuvo
una errónea interpretación de las normas y que el Ministerio Público no puede ser responsable de presuntos
errores judiciales64. El 26 de noviembre de 2001 la Sala No. 3 de la Corte de Apelaciones anuló la decisión del
Tribunal considerando que éste interpretó erróneamente las normas sobre indemnización, reparación y
restitución al no haber existido un “error judicial”65.
55.
Frente a un recurso de casación presentado por las presuntas víctimas, el 13 de junio de
2002 el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal lo declaró inadmisible.66.
56.
El 29 de mayo de 2003 las presuntas víctimas interpusieron un recurso extraordinario de
revisión contra la sentencia de la Sala de noviembre de 200167, el cual fue declarado sin lugar el 30 de julio de
200368.
57.
El 21 de enero de 2004 las presuntas víctimas solicitaron a la Sala de Casación Penal la
interpretación de diversos artículos del Código Orgánico Procesal Penal relacionados con los supuestos
previstos para la indemnización cuando i) exista una sentencia en que la persona sea absuelta; y ii) haya
sufrido privación de libertad durante el proceso y no se compruebe su participación en el hecho69. El 5 de
octubre de 2004 la Sala declaró inadmisible dicha solicitud. La Sala consideró que las presuntas víctimas no
indicaron la presunta confusión o imprecisión de las normas referidas “que implique una duda razonable
sobre su inteligencia o aplicación”70.
D.
Sobre Olimpiades González
Anexo 5. Resolución del Juzgado Segundo de Juicio Circuito Judicial Penal de 20 de octubre de 1999. Anexo a la comunicación del
Estado de 17 de mayo de 2012. CD. Anexo 6, pág. 129.
62 Anexo 12. Resolución No.024-01 de Tribunal de Juicio No. 2 Circuito Judicial Penal del Estado de Zulia Maracaibo de 24 de agosto de
2001. Anexo a la comunicación de la parte peticionaria de 22 de Enero de 2004.
63 Anexo 12. Resolución No.024-01 de Tribunal de Juicio No. 2 Circuito Judicial Penal del Estado de Zulia Maracaibo de 24 de Agosto de
2001. Anexo a la comunicación de la parte peticionaria de 22 de Enero de 2004.
64 Anexo 12. Resolución No. 440 de la Sala No. 3 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado de Zulia de 26 de
noviembre de 2001. Anexo a la comunicación de la parte peticionaria de 22 de enero de 2004.
65 Anexo 12 Resolución No. 440 de la Sala No. 3 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado de Zulia de 26 de
noviembre de 2001. Anexo a la comunicación de la parte peticionaria de 22 de enero de 2004.
66 Anexo 13. Sentencia del Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal de 13 de junio de 2002. Anexo a la comunicación de la
Parte peticionaria de 18 de mayo de 2005.
67 Anexo 13. Sentencia del Tribunal Supremo de Justicia de la Sala Constitucional de 30 de julio de 2003. Anexo a la comunicación de la
parte peticionaria de 18 de mayo de 2005.
68 Anexo 13. Sentencia del Tribunal Supremo de Justicia de la Sala Constitucional de 30 de julio de 2003. Anexo a la comunicación de la
parte peticionaria de 18 de mayo de 2005.
69 Anexo 14. Sentencia del Tribunal Supremo de Justicia Sala de Casación Penal de 5 de octubre de 2004. . Anexo a la comunicación de la
parte peticionaria de 18 de mayo de 2005.
70 Anexo 14. Sentencia del Tribunal Supremo de Justicia Sala de Casación Penal de 5 de octubre de 2004. . Anexo a la comunicación de la
parte peticionaria de 18 de mayo de 2005.
61
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