otros Vs. Venezuela. Por su parte, los representantes, en su escrito de solicitudes y
argumentos, ofrecieron las declaraciones de siete “[f]amiliares de Jimmy Guerrero” y de la
“viuda de Ramón Molina”, así como siete declaraciones periciales5. Además, solicitaron el
traslado al presente caso de las declaraciones periciales rendidas por Christof Heyns, en el
caso Favela Nova Brasilia Vs. Brasil, Magaly Mercedes Vásquez González, en el caso Familia
Barrios Vs. Venezuela, y José Pablo Baraybar, en el caso Hermanos Landaeta Mejías y otros
Vs. Venezuela. El Estado, en su escrito de contestación y en documentación anexa al mismo,
ofreció dos declaraciones testimoniales y una declaración pericial 6. Asimismo, solicitó
“trasladar al presente caso las [pruebas] documentales consignadas en el caso Hermanos
Landaeta Mejías y otros Vs. Venezuela en relación con las medidas legislativas, administrativas
y de otra índole para asegurar la investigación con la debida diligencia y de conformidad con
los estándares internacionales relevantes la necesidad y proporcionalidad del uso letal de la
fuerza por parte de funcionarios policiales”.
3.
La Comisión, los representantes y el Estado, al presentar sus listas definitivas de
declarantes, reiteraron los ofrecimientos de declaraciones efectuados en sus escritos de
sometimiento, de solicitudes y argumentos y de contestación, respectivamente.
4.
En cuanto a las declaraciones que no han sido objetadas, esta Presidencia considera
conveniente recabar dicha prueba, a efectos de que la Corte Interamericana de Derechos
Humanos aprecie su valor en la debida oportunidad procesal, dentro del contexto del acervo
probatorio existente y según las reglas de la sana crítica. Lo anterior, con excepción de la
declaración del señor Emerson Aguilar, propuesta por el Estado, respecto de la cual se
formulan consideraciones particulares más adelante (infra Considerandos 21 y 22). Por
consiguiente, la Presidencia admite las declaraciones periciales de Rossana Ramírez y Carmen
Wurst, propuestas por los representantes, así como los testimonios, propuestos por el Estado,
de Karin García Carrasco y Pablo Fernández Blanco. El objeto y modalidad de dichas
declaraciones se determinan en la parte resolutiva de la presente Resolución (infra punto
resolutivo 2).
5.
A continuación, la Presidenta examinará en forma particular lo siguiente: a) la necesidad
de realizar una audiencia pública en el presente caso; b) la procedencia y modalidad de las
declaraciones de presuntas víctimas; c) la procedencia de una declaración pericial propuesta
por el Estado; d) objeciones del Estado a cinco declaraciones periciales propuestas por los
representantes; e) procedencia de la declaración pericial propuesta por la Comisión
Interamericana y de su solicitud para formular preguntas a declarantes; f) las solicitudes de
traslado de prueba efectuadas por la Comisión, los representantes y el Estado; g) la solicitud
de los representantes para que se requiera al Estado la remisión de un expediente interno; h)
la solicitud de “flexibilidad” en los plazos procesales, e i) los términos para el uso del Fondo
de Asistencia Legal de Víctimas.
A. Sobre la necesidad de realizar una audiencia pública en el presente caso
Los representantes ofrecieron las declaraciones de las siguiente personas, familiares de los señores Jimmy
Guerrero o Ramón Molina: Jean Carlos Guerrero (hermano de Jimmy Guerrero); Nieves Guerrero (padre de Jimmy
Guerrero); Emilia Coromoto Meléndez (madre de Jimmy Guerrero); Yarelis Guerrero (hermana de Jimmy Guerrero);
Franklin Guerrero (hermano de Jimmy Guerrero); Jiannibeth Stephanny Guerrero Colina (hija de Jimmy Guerrero);
Fraily Guerrero (sobrina de Jimmy Guerrero); Soleida Morillo (viuda de Ramón Molina). Además, ofrecieron las
declaraciones periciales de Philip Alston, Ignacio Cano, Roberto Briceño León, José Luis Prieto Carrero, Rossana
Ramírez, Carmen Wurst y Magaly Mercedes Vásquez González.
5
Venezuela ofreció que Pablo Fernández Blanco y Karin García Carrasco presenten sus testimonios, y que
Emerson Aguilar brinde una declaración pericial.
6
3