encargados de seguridad del Organismo Judicial reevaluaran el esquema de
seguridad del juez, sin “condenar los ataques [… a] la independencia judicial”.
e) Tan solo cinco días después de la decisión de 6 de mayo de 2022 (supra
Considerando *), el 11 de mayo de 2022 la agrupación denominada “Fundación
contra el Terrorismo”11 y el abogado de uno de los procesados por el caso Diario
Milita, “presentaron diversas solicitudes de antejuicio en contra del juez Gálvez
asegurando que sus resoluciones no han sido apegadas a derecho”. El 16 de mayo
de 2022 se “trasladó la querella al Ministerio Público”. El 15 de junio de 2022 la
Corte Suprema de Justicia resolvió por mayoría la admisibilidad para trámite de
la solicitud de antejuicio “sin realizar un adecuado examen sobre los elementos
de razonabilidad suficientes que sustentan la querella en su contra”, y designó a
una jueza Pesquisidora12. La denuncia de 11 de mayo se refiere a casos en que
“ni siquiera intervino como juez de garantías”, y la resolución emitida por la Corte
Suprema de Justicia “no identifica de manera precisa cuáles serían las
resoluciones emitidas por el propuesto beneficiario que, presuntamente, serían
constitutivas de delito”. Informaron que el 28 de junio de 2022 el juez Gálvez
presentó un amparo en contra de dicha resolución, sin que la Corte de
Constitucionalidad hubiera ordenado la suspensión provisional del acto
reclamado.
9.
Los representantes sostuvieron que en el presente caso se presentan los
requisitos de extrema gravedad, urgencia y la necesidad de evitar daños irreparables a
las personas. Afirmaron que “la extrema gravedad de los hechos se manifiesta en dos
sentidos. En primer lugar, porque los distintos incidentes descritos generan un serio
impacto en la protección de los derechos a la vida y a la integridad y la independencia
judicial del propuesto beneficiario. Y, segundo, porque no cabe duda de que, de
materializarse el riesgo, generaría afectaciones en el cumplimiento de la obligación de
investigar […,] en consecuencia, afectaría el derecho de acceso a la justicia de las
víctimas y familiares del presente caso”. Advirtieron que “existe un riesgo real de que
las denuncias penales interpuestas [en contra del juez Gálvez] se instrumentalicen para
obstaculizar su labor al grado levantarle la inmunidad, suspenderlo, o de girarle una
orden de aprehensión en su contra”. Más aún, ante una posible orden de aprehensión,
dicho juez “podría ser internado en un centro de detención junto a personas que pudo
haber enjuiciado y sentenciado”. Adicionalmente, sostuvieron que, si bien dicho juez
cuenta con medidas cautelares ordenadas por la Comisión Interamericana, “estas no
han sido suficientes para evitar que ocurran los hechos de riesgo”.
10.
La urgencia en el presente caso “se configura en tanto las amenazas y
hostigamientos han aumentado en intensidad y violencia conforme el juez Gálvez ha
avanzado en el enjuiciamiento de los sindicados en el caso”. Afirmaron que “las
amenazas emitidas [en] redes sociales en contra del juez Gálvez no son un asunto de
libertad de expresión, sino de ataques directos a la independencia judicial”. A su vez,
existe una posibilidad real de que la querella presentada el 11 de mayo de 2022 “avance
de forma extraordinariamente veloz”. “A ello se suman la existencia de otros procesos
que existen en [su] contra […] que podrían ser instrumentalizados para obstaculizar su
labor”. Además, dicho juez “va a continuar expuesto a un elevadísimo riesgo en las
Basado en los supuestos delitos de prevaricato, abuso de autoridad, incumplimiento de deberes y
detenciones ilegales con causas agravantes “en forma continua”. En relación con este último delito, se
argumentó “que desde 2015 el propuesto beneficiario ha estado aplicando la prisión provisional en su calidad
de Juez de Primera Instancia Penal de forma desproporcionada”.
12
Explicaron que el expediente “será traslad[ado] a la jueza pesquisidora quien deberá citar a la Fundación
contra el Terrorismo para que ratifiquen la denuncia”, y a su vez “dará lugar a una audiencia de descargo de
pruebas”. Posteriormente, la Jueza pesquisidora “deberá elaborar un informe con la recomendación de retirar
o no la inmunidad al juzgador”, el cual será trasladado a la Corte Suprema de Justicia para que resuelva.
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