13 submarino”, y fueron obligados a escuchar y presenciar torturas a otros detenidos. Algunos testigos denunciaron que fueron sometidos a tortura delante de sus parejas o que llevaron a sus hijos para presionarlos a entregar información” 36. A.4. Procesamiento contra las presuntas víctimas ante los Consejos de Guerra 34. Consta en la prueba que las doce presuntas víctimas fueron procesadas ante Consejos de Guerra37 en la causa ROL 1-73, la cual se inició a consecuencia de una denuncia presentada el 14 de septiembre de 1973 ante la Fiscalía de Aviación, por el entonces Presidente del Banco del Estado de Chile, General de Brigada Aérea, E.G.B38. En la referida denuncia se hacía alusión a una serie de reuniones de carácter político que se habrían realizado en las oficinas del ex Vicepresidente del mencionado Banco, C.L.F., con la participación de civiles y personal de la FACH y al uso indebido de dinero de dicha institución39. 35. En virtud de dicha denuncia se dio inicio a una investigación y se convocó a Consejos de Guerra, ante quienes fueron juzgadas y posteriormente condenadas las presuntas víctimas, entre otras personas, a penas privativas de libertad 40 y penas de muerte41 por una serie de ilícitos penales de los que habían sido acusadas. 36. La referida causa ROL 1-73 se encuentra dividida en dos partes 42. En cada una de las partes se sustancian procesos por delitos presuntamente realizados por diferentes acusados, los cuales fueron diligenciados ante distintos Consejos de Guerra 43. 36 Cfr. Informe Valech, págs. 255 a 299 (expediente de prueba, folios 4496 a 4530). 37 Cfr. Consejo de Guerra, Causa No. 1-73 (Primera parte), 30 de julio de 1974 (expediente de prueba, folios 77 a 308), y Consejo de Guerra, Causa No. 1-73 (Segunda Parte), 27 de enero de 1975 (expediente de prueba, folios 381 a 433). 38 133). Cfr. Consejo de Guerra, Causa No. 1-73 (Primera parte), 30 de julio de 1974 (expediente de prueba, folio 39 Cfr. Consejo de Guerra, Causa No. 1-73 (Primera parte), 30 de julio de 1974 (expediente de prueba, folio 85 y 133). 40 Cfr. Consejo de Guerra, Causa No. 1-73 (Primera parte), 30 de julio de 1974 (expediente de prueba, folios 77 a 308), y Consejo de Guerra, Causa No. 1-73 (Segunda Parte), 27 de enero de 1975 (expediente de prueba, folios 381 a 433). 41 308). 42 Cfr. Consejo de Guerra, Causa No. 1-73 (Primera parte), 30 de julio de 1974 (expediente de prueba, folio Con respecto a la primera parte, los hechos objeto de la causa se refirieron a “un grupo formado por personal de la Fuerzas Aérea de Chile, dirigentes de los ex [P]artidos [S]ocialista, [C]omunista, [M]ovimiento de [A]cción [P]opular [U]nitaria (MAPU) y por individuos pertenecientes al [M]ovimiento de [I]zquierda [R]evolucionario (MIR), [que] inició una labor de proselitismo y penetración marxista dentro de las filas de la Institución, ocultando sus verdaderos propósitos bajo el pretexto de defender al gobierno marxista de un presunto golpe de Estado en su contra. Esta acción formaba parte de un objetivo más amplio, [el] cual era efectuar idéntica penetración en las demás ramas de las Fuerzas Armadas y Carabineros, todo ello con el propósito real de destruir su actual estructura y de crear una Fuerza Armada Popular, para el logro definitivo de las metas demostradas, a través de la historia en todos los países en que el marxismo ha logrado dominar, esto es, el poder absoluto a base de la dictadura del proletariado”. Cfr. Consejo de Guerra, Causa No. 1-73 (Primera parte), pág. 57 (expediente de prueba, folio 133). En relación con la segunda parte, el objeto de la causa se refirió a “la responsabilidad de las personas [en] relación con la infiltración en la Unidades de la Fuerza Aérea de Chile, Base Aérea de Quintero, Grupo de Aviación No 7, Escuela de Especialidades, Ala de Mantenimiento, Grupo de Aviación No 10 y Estado Mayor de la Defensa Nacional, por elementos político-extremistas que apoyaban al régimen de Gobierno de la Unidad Popular. Para estos efectos formaron células secretas dentro de las bases, obtuvieron de parte de personal militar infiltrado la entrega de planos, documentos, datos y noticias relativas a la Seguridad de las diversas Unidades Aéreas ya nombradas. Así mismo, se organizaron y planearon la ejecución de planes tendientes a huir de las unidades con armamentos y producir desperfectos mecánicos en aviones institucionales mediante el sabotaje”. Cfr. Consejo de Guerra, Causa No. 1-73 (Segunda Parte), 27 de enero de 1975, pág. 3 (expediente de prueba, folio 384).

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