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en el salón de la Nacionalidad del Ministerio de Gobierno y Justicia”, se realizó una
ceremonia de “Reconocimiento de Responsabilidad Internacional por las violaciones
declaradas en la [S]entencia”. “Al acto se presentaron los familiares de Heliodoro
Portugal, el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, la Procuradora General de la
Nación[ y] la Vicepresidenta de la Asamblea Nacional”. La correspondiente declaración
“fue emitida por el Ministro de Gobierno y Justicia en presencia de fiscales, funcionarios
de gobierno y el público en general”. De acuerdo con el Estado, “[d]icho acto fue
cubierto por todos los medios de prensa escrita, radial y televisiva”. Las representantes
presentaron algunas críticas en relación con este acto, porque el evento no fue
consultado con la debida anticipación, no se le otorgó el uso de la palabra a la señora
Patria Portugal y por los términos en los que se hizo el reconocimiento. Por su parte, la
Comisión valoró el evento pero “observ[ó] que algunos aspectos de la forma en que se
llevó a cabo” no fueron “idóneos para lograr el propósito fundamental para el cual fue
concebido, esto es, la reparación moral”.
15.
De otra parte, el Estado indicó que el 24 de mayo de 2010 se develó “la placa
que asigna el nombre de Heliodoro Portugal” a una calle. Según el informe del Estado, la
calle se encuentra en el “Corregimiento de Santa Ana, lugar donde el señor Portugal
desarrolló su actividad política”. El Estado indicó que el Vicepresidente y Canciller de
Panamá, en el discurso efectuado “reconoció que lo ocurrido” es “un hecho lamentable
en la historia” del país, que “así como muchos otros, todavía no han sido esclarecidos” y
“no se les ha brindado la justicia necesaria, para garantizar que estos hechos no vuelvan
a repetirse nunca más”. El Estado precisó que el Vicepresidente señaló en dicho acto que
“el Estado Panameño pide perdón por los actos cometidos, que desencadenaron en
desaparición, tortura, abusos, violación de derechos fundamentales y muerte en este
caso específico del señor Heliodoro Portugal”. La Comisión “valor[ó] el nombramiento [y]
asignación de una calle pública con el nombre del señor Portugal, ubicada en una zona
significativa para la familia”.
16.
Asimismo, las representantes informaron de un acto celebrado el 27 de mayo
de 2010 en el Salón Amarillo del Palacio de las Garzas, es decir, en la Casa Presidencial.
Dicho acto fue presidido por el Presidente de la República, acompañado de los Ministros
de Estado, la Primera Dama de la República, el Presidente de la Corte Suprema de
Justicia y el Procurador General de la Nación. Durante su intervención, el Presidente hizo
referencia a la Sentencia emitida por la Corte, a las violaciones cometidas en perjuicio
del señor Heliodoro Portugal y al sufrimiento de su familia. Asimismo, en dicho acto, el
Presidente de la República pidió perdón, a nombre del Estado, no sólo por las violaciones
cometidas contra el señor Portugal sino también respecto de las demás víctimas de la
dictadura militar y se comprometió a hacer justicia en dichos casos. El acto fue, además,
transmitido en vivo por cadena nacional de televisión. Sobre el particular las
representantes indicaron que “los actos de preparación y convocatoria” fueron
“previamente coordinados con la familia Portugal, tomando en consideración sus
expectativas”. Asimismo, indicaron que “la familia Portugal se siente satisfecha con el
acto de reconocimiento” ya que “se efectuó de forma solemne y cumplió con el fin de
dignificar la memoria de Heliodoro Portugal”.
17.
La Corte considera que la develación de la placa que asigna el nombre del
señor Heliodoro Portugal a una calle relevante por su relación con la actividad política
desarrollada por la víctima, tiene un claro valor reparador para sus familiares y
contribuye a una mayor preservación de la memoria histórica de las violaciones a los
derechos humanos cometidas, promoviendo a la vez la no repetición de hechos como los
del presente caso5. Asimismo, la Corte observa que en el acto de develación de la placa,
el Alto Funcionario que se desempeña como Vicepresidente y como Canciller de Panamá
5
Caso Goiburú y otros Vs. Paraguay. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 22 de septiembre de
2006. Serie C No. 153, párr. 53; Caso La Cantuta Vs. Perú. Supervisión de Cumplimiento. Resolución de la
Corte Interamericana de Derechos Humanos de 20 de noviembre de 2009, Considerando decimoctavo, y Caso
Goiburú y otros Vs. Paraguay. Supervisión de Cumplimiento. Resolución de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos de 19 de noviembre de 2009, Considerando vigésimo cuarto.