-9de una vida digna”; “brindar atención médica periódica y medicinas adecuadas para conservar
la salud de todas las personas, especialmente los niños, niñas, ancianos y mujeres
embarazadas, incluyendo medicinas y tratamiento adecuado para la desparasitación de todos
los miembros de la Comunidad”; “facilitar letrinas o cualquier tipo de servicio sanitario
adecuado a fin de que se maneje efectiva y salubremente los desechos biológicos de la
Comunidad”, y “dotar a la escuela ubicada en el asentamiento actual de la Comunidad, con
materiales bilingües suficientes para la debida educación de sus alumnos”.
26.
En la Resolución de febrero de 2008, la Corte sostuvo que de la información presentada
por los representantes y por el propio Estado se desprendía un incumplimiento de Paraguay
a esta reparación, que había contribuido a generar una situación de riesgo en la vida y salud
de las víctimas y determinó que ello había tenido como consecuencia la pérdida de vidas de
los miembros de la comunidad Yakye Axa y los mantenía aún en una situación de alto riesgo
al no adoptarse las medidas preventivas suficientes para evitarlo39. En la Resolución de mayo
de 201940, la Corte señaló que durante la visita de noviembre de 2017 se constataron las
precarias condiciones en que vivían los miembros de la Comunidad Yakye Axa, en lo que
respecta a vivienda y provisión de servicios básicos, particularmente en lo que respecta al
abastecimiento de agua potable, acceso a letrinas o servicios sanitarios adecuados y
tratamiento de aguas residuales, así como a servicios de atención en salud, y acceso a
educación y que, para mejorar tales condiciones, el Estado había asumido algunos
compromisos durante la audiencia de supervisión celebrada con posterioridad a la visita 41. En
ese sentido, se solicitó a Paraguay que remitiera información actualizada y detallada al
respecto, la cual debía tener en cuenta los compromisos asumidos por las diversas
autoridades estatales durante la visita42.
B.2 Información y observaciones de las partes y la Comisión
27. A continuación, se expone la información suministrada de manera más reciente
(principalmente en 2021 y 2022) por el Estado sobre la implementación de los distintos
aspectos que componen la medida ordenada (supra Considerando 25), así como las
observaciones de los representantes y la Comisión:
a) En relación con el suministro de agua potable suficiente, de manera inmediata y periódica:
El Estado informó que “inclu[yó a la Comunidad] en el Proyecto de Sistemas de Agua y
Saneamiento (Contrato Nº 38/2021) [, … y con esto la …] incorporó […] en un plan de trabajo
de acompañamiento permanente”. Señaló que “[l]a tipología del sistema de agua para la
comunidad, fue definida mediante […] consulta [previa con la Comunidad …], durante la cual
[… ésta] solicit[ó] la construcción de un sistema de captación de agua de lluvia a través de
techos comunitarios”, de este modo, “el inicio de las [obras] está fijado para mayo [de 2022]
y su finalización para el mes de julio de [2022]”. Los representantes confirmaron lo
anterior. No obstante, indicaron que, “por ahora, tanto quienes están sobre la ruta, como
quienes están en las tierras [alternativas], se sirven de la lluvia para juntar agua”. Además,
han sostenido reiteradamente que “el Estado no entrega agua bajo alguna modalidad,
cantidad, frecuencia planificada [… y s]ólo en momentos de mucha necesidad, [por] reclamos
insistentes[, …] se [suministra] el agua hasta al asentamiento comunitario [… pero] nunca
se ha llevado [… a] las personas que ingresaron a las tierras”. Señalaron que cuando lo
anterior no es suficiente, “recurren […] a agua de tajamar de estancias vecinas donde
también consumen agua los animales[, así, a veces] el agua no está en buenas condiciones
y produce daños a la salud como diarrea o vómito”. También enfatizaron en que el Estado
“se limita a [… informar sobre] la planificación que se tiene para con la comunidad, sin hacer
Cfr. Considerados 12 a 21.
Cfr. Considerando 16.
41
En la audiencia de noviembre de 2017 el Estado se comprometió a: (i) “[brindar l]a asistencia médica […]
semanal[mente]”; (ii) “instalar aulas móviles con mobiliarios […] hasta que los miembros de Yakye Axa se trasladen
a su asiento definitivo y se pueda construir una escuela permanente en sus tierras”; (iii) “segui[r] proveyendo [los]
kits escolares”, y (iv) “realiza[r …] campañas de documentación [de identidad …] dos veces al año”.
42
Cfr. Considerando 50.
39
40