declaraciones, luego de haberse otorgado a las partes la posibilidad de formular preguntas a los declarantes9 y de haberse informado que no procedía acceder a una solicitud de la Comisión de variar los objetos de las declaraciones de los peritos que había propuesto 10. La audiencia pública fue celebrada el 22 y 23 de junio de 2015 durante el 109 Período Ordinario de Sesiones de la Corte, llevado a cabo en su sede 11. Durante la audiencia, los Jueces de la Corte solicitaron determinada información, explicaciones y documentación para mejor resolver. 11. Amici curiae.- El Tribunal recibió escritos de amicus curiae de las siguientes personas y organizaciones: 1) “Centro de Investigación en Política Criminal” de la Universidad Externado de Colombia; 2) profesores y estudiantes del “New York University School of Law Clinic on Policy Advocacy in Latin America”; 3) profesores y estudiantes de la “Clínica Jurídica en Discapacidad” de la Pontificia Universidad Católica del Perú; 4) profesores y estudiantes de la “clínica jurídica Programa de Acción por la Igualdad y la Inclusión Social (PAIIS)” de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes de Colombia; 5) bufete “ELEMENTA Consultoría en Derechos”; 6) “Harvard Law School Project on Disability” y el “Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL)”. 12. Alegatos y observaciones finales escritos.– El 23 de julio de 2015 las partes y la Comisión presentaron sus alegatos y observaciones finales escritos, respectivamente. Como anexos a sus alegatos finales escritos, las partes presentaron determinada documentación. Siguiendo instrucciones del Presidente, se otorgó un plazo para recibir observaciones sobre esos anexos, las cuales fueron recibidas el 5 y 6 de agosto de 2015. En atención a que el plazo otorgado para presentar observaciones a la referida documentación no era una nueva oportunidad procesal para remitir nuevos alegatos, el 10 de agosto siguiente la Secretaría informó, siguiendo instrucciones del Presidente, que el contenido de los escritos del Estado y los representantes que no se referían estricta y específicamente a esos anexos no sería considerado por la Corte. 13. Erogaciones en aplicación del Fondo de Asistencia.- Mediante nota de Secretaría de 18 de septiembre de 2015, siguiendo instrucciones del Presidente y en cumplimiento del artículo 5 del Reglamento de la Corte sobre el Funcionamiento del Fondo de Asistencia Legal de Victimas, se remitió al Estado el informe sobre las erogaciones realizadas en aplicación de dicho fondo, otorgándose un plazo hasta el 5 de octubre de 2015 para que presentara observaciones. En esa fecha, el Estado presentó sus observaciones y solicitó que se resolviera que no debe imputársele el pago de los gastos realizados. 14. Deliberación del presente caso.- La Corte inició la deliberación de la presente Sentencia el 26 de febrero de 2015. 9 Únicamente el Estado remitió preguntas para los peritos. 10 Mediante escrito de 13 de mayo de 2015, la Comisión manifestó que por error involuntario cambió el orden y correspondencia de los objetos de los peritajes propuestos en su lista definitiva de declarantes y solicitó que los peritajes ordenados fueran rendidos según los objetos definidos en su escrito de 9 de septiembre de 2014. Se otorgó oportunidad a las partes para presentar observaciones. El Estado se opuso a lo solicitado. Mediante nota de Secretaría de 22 de mayo de 2015, se comunicó la referida instrucción del Presidente de no variar lo dispuesto en la resolución de 12 de mayo de 2015. 11 A esta audiencia comparecieron: a) por los representantes: Luisa María Leiva Mazariegos y Mario Ernesto Archial Ortiz; b) por la Comisión Interamericana: James Louis Cavallaro, Comisionado, Elizabeth Abi-Mershed, Secretaria Ejecutiva Adjunta, y Silvia Serrano Guzmán y Jorge H. Meza F., abogados de la Secretaría Ejecutiva; y c) por el Estado: Rodrigo José Villagrán Sandoval, Agente, y Steffany Rebecca Vásquez Barillas, Agente Alterna. Video disponible en http://vimeopro.com/corteidh/audiencia-publica-caso-chinchilla-sandoval-y-otros-vs-guatemala-22-y23-de-junio-de-2015 7

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