11 encontraban, fue llevada a las caballerizas, fue golpeada y le robaron. Todo lo sucedido después de la desaparición de su hijo está relacionado con esta desaparición; la familia de la testigo, sus hermanos y su madre se vieron involucrados y afectados por la desaparición de José Carlos. En 1982, en el gobierno de Hernán Siles Suazo, se organizó en La Paz la Comisión Nacional de Investigación de Ciudadanos Desaparecidos. La testigo participó en esa Comisión y además fue Presidenta de la Asociación de Familiares de DetenidosDesaparecidos. Los miembros de la Comisión no tenían experiencia en la investigación; sin embargo, se realizó una investigación y como resultado se encontraron e identificaron los restos mortales de 14 personas en el Cementerio General de La Paz, pero no se encontraron los de José Carlos. La Comisión Nacional de Investigación de Ciudadanos Desaparecidos terminó cuando finalizó el período de gobierno de Hernán Siles Suazo. En gobiernos posteriores no se crearon otras comisiones. El número global de ciudadanos bolivianos detenidos-desaparecidos es de 154. Aproximadamente en 1988 el señor Luis Sandoval Morón inició una acción judicial en Santa Cruz en contra del señor Percy González, por el asesinato de dos de sus hermanos. La testigo se adhirió a dicho proceso solicitando que se ampliara la investigación para incluir lo sucedido a José Carlos, en virtud de que el señor González está implicado en su desaparición. Dicho proceso judicial no prosperó. En 1999 el Estado boliviano, a través de la Defensa Pública, una instancia que no correspondía, solicitó que se iniciara un proceso por la desaparición forzada de José Carlos Trujillo Oroza. La defensora pública que presentó el escrito de solicitud, Mary Severich, le dijo que en la Defensa Pública nunca solicitaban que se iniciara un proceso penal, pero que en este caso recibió una orden del Ministerio de Justicia e inclusive le enviaron redactado el memorial correspondiente. En la investigación se recibieron las declaraciones de 4 imputados, y el fiscal determinó que no había materia suficiente para iniciar un proceso. Sin embargo, el Juez Alain Núñez abrió la causa porque encontró indicios, pero por la comisión del delito de detención indebida, vejámenes y tortura, y no por el delito de desaparición forzada. Es un problema que por razones políticas la desaparición forzada no esté contemplada como delito en el ordenamiento jurídico boliviano. Algunos de los funcionarios públicos que la testigo ha mencionado en su declaración, fueron investigados en este proceso penal; se les recibió la declaración. La testigo se apersonó como querellante en dicho proceso. El proceso fue archivado; el fundamento que dio el Juez Alain Núñez para declarar improcedente la acción fue el de la prescripción del delito. La testigo presentó una apelación de esta decisión ante la Sala Primera y después a la Sala Segunda de la Corte Superior de Santa Cruz. Estas instancias confirmaron la decisión del juez. El 27 de julio de 2001 presentó un recurso de amparo ante la Corte Superior de Santa Cruz, la cual lo rechazó. La última instancia que le quedaba, para la época de la audiencia pública sobre reparaciones ante esta Corte, era el Tribunal Constitucional, ante el cual se apersonó. Los funcionarios que ha mencionado en su declaración han sido investigados en casos similares a los de su hijo. La testigo amanece pensando todos los días qué puede hacer para encontrar los restos mortales de José Carlos, para encontrar una respuesta y para que esos hechos no se repitan. El Estado no le ha pedido disculpas por la detención y desaparición de su hijo José Carlos. Solicitó a la Corte Interamericana que se erija un monumento a la memoria de José Carlos porque esto permitirá que las generaciones futuras conozcan esa parte de la historia de Bolivia y porque los familiares de las personas detenidasdesaparecidas tienen el derecho de perpetuar de alguna manera la memoria de esa

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